El Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) ha propuesto desestimar la demanda presentada por un paciente que reclamó una indemnización al Servicio Murciano de Salud (SMS) por haber suspendido la operación que se le iba a realizar cuando ya estaba anestesiado porque el cirujano que la iba a practicar discrepó de un diagnóstico inicial.

El dictamen del CJRM señala que el enfermo iba a ser operado en diciembre de 2018 en un hospital de Murcia, derivada por el Virgen de la Arrixaca, pero el cirujano suspendió la intervención proyectada en los dedos de un pie al no coincidir su exploración con el diagnóstico con el que había sido llevado al quirófano.

Ante esa situación, y no disponiendo en ese momento del instrumental necesario para llevar a cabo la intervenciónque consideraba más adecuada, decidió suspenderla para, al mismo tiempo, proceder a la práctica de nuevas pruebas.

En su demanda, el enfermo reclamó por los perjuicios sufridos, que concretó en los desplazamientos desde su localidad de residencia y en los días de trabajo perdidos.

Añade el CJRM que está acreditado que la decisión de suspender la primera intervención quirúrgica prevista fue para evitar una segunda que con el tiempo habría sido preciso llevar a cabo.

Señala también que es comprensible su contrariedad, para añadir que no se ha demostrado por el reclamante, ni cuantificado, los gastos por los que solicitó una indemnización.

No hubo una mala práctica médica, comenta el informe, sino una decisión acertada del cirujano, y la prueba es, concluye, que finalmente se hizo la intervención como él decidió, contando la misma con el consentimiento informado del paciente.