La Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto de un delito contra la seguridad vial a un hombre que fue condenado a una multa de 12 meses, con una cuota diaria de 5 euros y un importe total de 1.800 euros, por circular en un patinete a sabiendas de que carecía de vigencia su permiso de conducir por la pérdida total de los puntos asignados legalmente, sin haber realizado y superado el curso de sensibilización y reeducación vial.

El tribunal, según ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, ha estimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia condenatoria dictada por un Juzgado de lo Penal ya que "le asaltan serias dudas, de lo manifestado por el acusado y por los testigos que deponen en la vista, así como de los documentos aportados, sobre la consideración de vehículo del acusado, como un ciclomotor".

Y estas dudas que acechan a esta Sala, continúa la resolución en el Fundamento de Derecho Segundo, no pueden ser resueltas contra reo, "máxime cuando es la Administración la que, habiendo tenidos muchos meses para ello, no ha regulado claramente el fenómeno de los nuevos vehículos urbanos, no pudiendo por tanto pretender ahora sancionar unas conductas no claramente punibles, cuando con el dictado de una norma jurídica general y vinculante, podría haberse resuelto la cuestión".

En segundo lugar, los magistrados consideran que tampoco puede afirmarse "con rotundidad" y "en perjuicio del acusado" que el denominado "patinete", "ciclo" o "nuevo vehículo urbano de movilidad", en ausencia de prueba pericial al respecto, y solo con meras valoraciones sobre sus características, es un ciclomotor, a los efectos legales.