El viceportavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Francisco Lucas, calificó ayer de «gran noticia» la derogación en el Congreso de los Diputados del plazo máximo de seis meses previsto para la instrucción de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), «que tanto ha perjudicado a la Región de Murcia».

La nueva redacción del artículo 324 de la LECrim, que todavía debe pasar por el Senado, establece una instrucción normal de 12 meses, prorrogable de forma indefinida a propuesta del juez instructor. «La reforma quita el sistema dual de causas, eliminando las causas complejas con un máximo de 18 meses. El artículo 324 era un instrumento al servicio de la corrupción del PP, esperamos que el último trámite que falta en el Senado permita que la derogación de este artículo sea una realidad», subrayó Lucas.

El dirigente murciano apuntó «los casos de corrupción del Partido Popular en la Región de Murcia, como el 'Pasarelas', en el que el expresidente Pedro Antonio Sánchez fue absuelto por la aplicación de este artículo». Otros procedimientos como el caso La Sal o el del Teatro de Cehegín también se vieron afectados por esta medida.

El Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea Regional hizo esta petición mediante una moción en el Parlamento autonómico, que fue retirada antes de que comenzara la sesión plenaria por su aprobación en la Cámara Baja el pasado jueves.

«Otro paso adelante»

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, celebrado que la Comisión de Justicia aprobara el pasado jueves la modificación del artículo 324 de la LECrim por la que se ampliará los plazos de instrucción de las causas penales hasta los 12 meses, antes de que el juez instructor decida si procede acordar o no una prórroga para continuar investigando.

«Otro paso más adelante», dijo el titular de Justicia en su cuenta de Twitter. «Es una reforma que proporciona más seguridad jurídica. Buena par ala ciudadanía, para el sector, para los derechos de las partes», añadió.

Según señala el informe de ponencia de la Proposición de Ley, si el juez instructor considera que la investigación no puede concluir en el plazo marcado por ley, puede «acordar de oficio o a instancia de parte», y una vez «oídas las partes» las «prórrogas sucesivas por periodos iguales o inferiores a seis meses». Estas ampliaciones tendrán que ser motivadas a través de un auto donde el juez instructor exponga «razonadamente las causas que han impedido finalizar la investigación en plazo, y las diligencias que se necesitan practicar». Asimismo, «en su caso, la denegación de la prórroga también se acordará mediante resolución motivada», reza el texto aprobado.

La derogación de este artículo era una de las principales reivindicaciones de jueces y fiscales.