Las quemas agrícolas están prohibidas salvo que se constate un riesgo fitosanitario. El Ministerio para la Transición Ecológica ha respondido a una cuestión planteada por la Región de Murcia sobre la normativa que regula la incineración de restos vegetales y señala que la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados estipula que las quemas deben realizarse sin poner en peligro la salud humana y sin dañar el medio ambiente, al tiempo que estas se deben llevar a cabo para evitar la propagación de plagas.

El Ministerio también subraya que desde un punto de vista técnico y en relación con las quemas de restos vegetales, "sería aconsejable minimizar al máximo posible las quemas de restos vegetales que se realizan por motivos fitosanitarios". Siempre y cuando, incide, "no se considere viable ni recomendable desde el punto de vista fitosanitario gestionar de otro modo estos restos vegetales".

Ante esto, el departamento la Subdirección General de Residuos de la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio detalla en un escrito remitido a la dirección general de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura que debería priorizarse otros tratamientos de residuos como el compostaje, atendiendo a la jerarquía de gestión de estos desechos que estable la ley estatal. "Se deberá priorizar el reciclado frente a la valorización energética o la eliminación".

El pasado 24 de marzo esta dirección general de la Consejería de Medio Ambiente mandó un requerimiento al departamento dependiente de la secretaría de Estado de Medio Ambiente para pedir un informe sobre la normativa de aplicación dentro de las competencias regionales sobre la quema de restos de podas agrícolas en la propia explotación agrícola y a la quema de paja y otros subproductos en la explotación agrícola como método para evitar heladas.

Este informe aclaratorio, remitido por el Ministerio a la plataforma Stop Quemas Murcia, al que ha tenido acceso esta redacción, señala además que no es suficiente establecer una autorización genérica para un territorio autonómico como la Región de Murcia, sino que sería recomendable plantear una autorización individualizada.

El pasado 5 de mayo el Gobierno regional publicó una orden en la que prohibía las quemas de restos agrícolas en las zonas próximas a núcleos urbanos mientras durase el estado de alarma. Esta orden respondía a una petición de la Fiscalía de Medio Ambiente en la que instaba a la Comunidad a que interviniera para controlar la incineración de restos vegetales.

Las administraciones con competencias en este campo, en este caso la regional y la local, deberán también adoptar las medidas necesarias para asegurar, según la ley, que no se generan riesgos para el agua, el aire o el suelo, ni para la fauna y la flora; que no se causan incomodidades por el ruido o los olores; y que no se atenta contra paisajes ni a lugares de especial interés legalmente protegidos.

El tratamiento adecuado de los restos de podas recaerá sobre el propio agricultor en este caso y la normativa aclara que deberá realizar esta gestión por si mismo; encargar el tratamiento de sus residuos a un negociante, o a una entidad o empresa o entregar los restos a una entidad pública o privada de recogida de residuos para su tratamiento. Tiene que ser la propio Comunidad la encargada de la "autorización, vigilancia, inspección y sanción de las actividades de producción y gestión de residuos".

La Consejería de Medio Ambiente comenzó el mes pasado a elaborar junto a los municipios una nueva normativa regional que regule la gestión de las podas agrícolas y las quemas en los casos que estén justificados.

Tratamientos más adecuados de los restos agrícolas

El Ministerio para la Transición Ecológica responde a la Comunidad que para los restos vegetales que contienen plagas y enfermedades, "el compostaje puede suponer una solución puesto que durante el tratamiento aerobio y termófilo se consigue estabilizar e higienizar la materia orgánica, de modo que los inconvenientes sanitarios disminuyen enormemente o incluso desaparecen".

Entre otras consideraciones, la secretaría de Medio Ambiente recuerda que Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos (PEMAR) 2016-2020 prevé que es necesario la construcción de nuevas instalaciones de tratamiento biológico y/o adaptación de las instalaciones existentes para incrementar la capacidad de la gestión de los biorresiduos recogidos separadamente. Es decir, ante el aumento de la cantidad de bioresiduos, estas plantas "podrían tratar residuos vegetales agrícolas que actualmente están siendo eliminados, mejorando la gestión de estos residuos", remarca el Ministerio.