Tras la modificación de la ley de Puertos, la de Vivienda, la de Ordenación del Territorio y la de Transporte en las últimas semanas mediante decreto ley aprobado por el Gobierno regional, la actual situación de pandemia le ha valido al Ejecutivo para modificar la ley 4/2009 de Protección Ambiental Integrada de la Comunidad de la Región de Murcia. El objetivo es acelerar la reactivación económica tras la crisis generada por la Covid-19 y permitir la implantación de nuevas empresas o la ampliación de estas con una simplificación de los trámites ambientales que permitan no eternizar el proceso.

El Consejo de Gobierno dio ayer luz verde al Decreto Ley de Mitigación del Impacto Socioeconómico de la Covid-19 en el área de Medio Ambiente, un decreto que modifica la ley de protección ambiental integrada. Entre estos cambios destaca que todas aquellas instalaciones que ya cuenten con una autorización ambiental podrán pedir una ampliación 'no sustancial' de las mismas sin necesidad de solicitar una nueva licencia y tendrán el visto bueno en un plazo máximo de 30 días. La polémica en esta modificación llega tras aprobar el Gobierno regional que estas ampliaciones se podrán llevar a cabo sin una nueva evaluación de impacto ambiental si no hay un incremento de más de un 30% de emisiones de gases contaminantes a la atmósfera, de vertidos a cauces públicos o al litoral, de generación de residuos, de consumo de materias primas o de afección a áreas de especial protección.

Más tarde la Consejería de Medio Ambiente matizó que no se permitirá superar los valores límite de emisión permitidos ni la introducción de nuevos contaminantes. Remarca que «el Estado dice que la modificación es no sustancial (y por lo tanto no necesita nueva autorización) si no se supera el 50% de materias primas, el 25% de emisiones a la atmósfera, un 25% para vertidos, un 50% en el caso de residuos. Siempre que no se superen esos valores, el Estado entiende que no supone repercusiones perjudiciales para el medio ambiente».

En la ley de Protección Ambiental este límite de emisión se situaba en un 15% ante la ampliación de unas instalaciones. Medio Ambiente argumenta para ello que «la Región ha pasado del 15 al 30% con un criterio objetivo, tomando como referencia los valores aplicados por el Estado para la autorización ambiental».

El Decreto Ley convierte por otra parte a los ayuntamientos en «organismos ambientales en materia de planteamiento urbanístico» y estarán capacitados para realizar informes de impacto ambiental siempre y cuando la población del municipio supere los 20.000 habitantes. En caso de tener una cifra inferior, el Consistorio podrá realizar un convenio con la Consejería de Medio Ambiente si no tiene los recursos necesarios para que esta sea la encargada de llevar a cabo este procedimiento.

Estos informes de impacto ambiental solo podrán realizarse desde el Consistorio en casos de proyectos urbanísticos de desarrollo, planes especiales, planes parciales o proyectos especiales. Por lo contrario, la modificación de un Plan General de Ordenación Urbana de un municipio tendrá a la Comunidad como responsable de realizar esta evaluación medioambiental.

El inicio de un procedimiento de evaluación, en su primera fase para determinar si el proyecto es viable o no en materia medioambiental, no durará más de tres meses. Este es el plazo que ha impuesto el Gobierno regional para no eternizar la respuesta administrativa a una solicitud de estas características.

«Habrá menos garantías»

La aprobación de este decreto ley ha tenido el fuerte rechazo de los conservacionistas, empezando por Ecologistas en Acción. «Habrá menos garantías ambientales y tras la aprobación de la modificación de la Ley de Suelos y la gestión de puertos sin consenso ni alegaciones, el Gobierno regional vuelve a utilizar la pandemia como excusa sin necesidad de que haya una reforma urgente en este campo», explica Pedro Luengo, portavoz de Ecologistas.

Preocupa especialmente a Luengo el choque de decretos entre el que protege al Mar Menor y el de protección ambiental: «No trae nada bueno esta norma si permite ampliar explotaciones ganaderas o agrícolas en el entorno del Mar Menor».

Desde la Consejería señalan que se deberán «cumplir las dos legislaciones».