Un alumno de un instituto de Murcia que resultó lesionado y sufrió la rotura de sus gafas al ponerle la zancadilla un compañero no tiene derecho a ser indemnizado por la Consejería de Educación y Cultura, como pretendía la madre a través del recurso que presentó en demanda de la responsabilidad patrimonial de la administración.

Así se recoge en el dictamen que, a instancias de la citada Consejería, ha emitido el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM), al que ha tenido acceso Efe.

Dice el informe que la reclamante pidió que fuera indemnizada por el importe de las nuevas gafas que había tenido que adquirir en sustitución de las que habían quedado rotas.

Este órgano consultivo expone que no se da la relación de causalidad entre el daño por el que se reclama y el funcionamiento del servicio público, requisito necesario para que nazca la responsabilidad patrimonial de la administración.

Y añade que no se ha demostrado que el accidente se produjera por la existencia de algún riesgo en la entrada al instituto, ubicado en una pedanía murciana, o por el mal estado de las instalaciones.