El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado la solicitud de medidas cautelarísimas presentada por el Sindicato Médico CESM para que se obligara a la Comunidad Autónoma a que en el plazo de 24 horas dotase a todos los centros sanitarios de los recursos precisos para evitar el contagio del coronavirus.

A través de un auto, la Sala de lo Social dice que es cuestionable que el asunto sea competencia de esa jurisdicción, al ser el personal afectado estatuario, no vinculado por una relación laboral, para añadir que la petición «reviste claros indicios de obedecer a intereses extrajurídicos».

El sindicato demandó al Servicio Murciano de Salud (SMS) y a la Consejería de Salud del Gobierno murciano y solicitó que fuesen obligados en 24 horas a dotar a todos los centros sanitarios del material preciso para que sus profesionales no pudieran contagiarse.

También pidió que se realizara la evaluación individualizada de los riesgos de todo el personal afectado, al considerar que la falta de aquel material ponía en peligro no solo sus vidas, sino, también, las de los pacientes.

Al desestimar la solicitud, la Sala, que tiene como ponente a su presidente, el magistrado Rubén Jiménez, dice que el sindicato no acredita cuál sea el acto administrativo o la disposición para cuya impugnación se propone presentar la demanda que anuncia, requisito exigible, según la ley.

Comenta el tribunal que «es un hecho notorio» que la administración no se opone a facilitar el material reclamado, ya que está plenamente dispuesta a ello e incluso a obligar a su utilización. Pero añade que no puede olvidarse que el incumplimiento del deber de seguridad se debe al desabastecimiento.