La Consejería de Empleo, Investigación y Universidades ha ampliado de cinco a díez días el periodo máximo de resolución de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor que tengan su causa en el Covid-19, ante el ingente número de solicitudes presentado en la comunidad.

En un comunicado, el Gobierno regional ha informado este lunes del nuevo plazo de resolución, publicado en una orden en el Boletín Oficial de la Región.

Según la Comunidad, el volumen de las solicitudes presentadas en la Región de Murcia (20.049 a fecha de hoy) y, sobre todo, de aquellas que, indefectiblemente, se van a seguir presentando hacen imposible la resolución y notificación de los procedimientos en el plazo de cinco días señalado.

"Ante este escenario y, tras una ardua labor de ampliación y reorganización de todos los medios personales y materiales de los que dispone para la tramitación y resolución de estos expedientes, la Consejería ha decidido llevar a cabo esta ampliación con el principal objetivo de cumplir con el plazo de resolución establecido y con los mínimos requisitos de seguridad jurídica que la resolución de estos expedientes exige", añade la nota.

El consejero Miguel Motas afirma que "estamos constatando que una vez están siendo resueltos los problemas derivados de la falta de personal y equipos técnicos, a los que hay que sumar la complicación asociada a la modalidad de teletrabajo y el entorno normativo cambiante, el equipo de gestión de los ERTE está agilizando notablemente la tramitación de dichos expedientes, de modo que se irán resolviendo en tiempo y forma".

"A fin de facilitar su trabajo y que cuente con un margen de éxito mayor, consideramos necesario darles cinco días más de margen, de forma que sea el mayor número de empresas las que se beneficien, y que dispongan de una mayor seguridad jurídica en las resoluciones", afirma el consejero.

Otra de las razones en las que se apoya esta decisión es el hecho de que los procedimientos de regulación de empleo, aunque sean temporales, tienen un impacto negativo de carácter estructural sobre el empleo y la economía y, en especial, sobre los trabajadores y los empresarios.

Así lo han considerado a su vez otras comunidades como Asturias, Galicia, Castilla y León, Aragón o la Comunidad Valenciana, por ejemplo, explicó el consejero.

Por este motivo, "la Administración debe ser rigurosa en su aplicación. Es obligado que examine y constate la existencia, caso por caso, de la fuerza mayor alegada por cada una de las empresas, requiriendo la subsanación de deficiencias de la documentación aportada y de la acreditación de la fuerza mayor, especialmente en aquellos casos en que ésta se motive en causas indirectas, para evitar que se puedan producir autorizaciones no ajustadas a la legalidad vigente en perjuicio de los trabajadores y del interés público".

Pese a la ampliación de los plazos de resolución, la Comunidad subraya que se mantiene el compromiso asumido por la Consejería de agilizar y simplificar al máximo la tramitación de todos los ERTE recibidos en el contexto de la situación de alarma decretada por el coronavirus.

Asimismo, la Consejería insiste en su petición al Ministerio de Trabajo y Economía Social de que elimine la obligación de constatación de la fuerza mayor por parte de la autoridad laboral, a través de la modificación del artículo 51.7 del Estatuto de los Trabajadores, en el caso de las actividades expresamente tipificadas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

En su lugar, se solicita la sustitución por una declaración responsable de la empresa, que permita acortar los tiempos de la tramitación.