El viernes 13 de marzo de el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaraba el estado de alarma por la crisis del coronavirus. Quedaba entonces establecido el confinamiento preventivo: no se podría salir a la calle si no era por razones de fuerza mayor, como ir a la farmacia. Si un ciudadano decidía, por su cuenta y riesgo, darse un paseo por la vía pública sin motivo alguno, se exponía a que le parase la Policía y le pusiese una jugosa multa.

Desde aquel viernes 13 hasta el 31 de marzo, el Centro de Coordinación de Emergencias de la Región de Murcia recibía más de mil llamadas de personas que querían informar de que habían visto a un viandante por la calle.

«Una señora está paseando con tres niñas por la calle»; «hay un hombre mayor sentado en un banco de la plaza»; «mi vecina, de aquí de Sangonera, la he visto montarse en el coche con el marido». Son algunos de los 'chivatazos' que estos ciudadanos ponen en conocimiento del operador de Emergencias que les coge el teléfono. Dado que todo el sistema está conectado, las Policías Locales tienen acceso a los asuntos y desde cada Cuerpo deciden si hay que proceder y desplazarse a buscar a estos infractores.

Cuando no hay duda es cuando se trata de asuntos flagrantes: por ejemplo, la fiesta que montó El Paletas con veinte colegas en Alguazas o el botellón de Alcantarilla que recientemente se saldaba con dos sujetos, padre e hijo, detenidos por intentar apuñalar a uno de los agentes que acudió a impedir la fiesta.

Volviendo a las cifras, desde el 23 hasta el 31 de marzo el Teléfono Único de Emergencias contabilizaba 459 llamadas por asuntos de 'salud pública': en el mismo periodo del año pasado hubo 23.

«La motivación que mueve a hacer esas llamadas o esas conductas de reprensión hacia aquellos que no están tan implicados con la causa son el reflejo del surgimiento de una 'moral colectiva' que nos lleva al sentido de pertenencia grupal, que tan importante es para la supervivencia de nuestra especie y que aflora ahora más que nunca», explican expertos del Colegio de Psicólogos de Murcia. En la misma línea, inciden en que «el sentido de pertenencia es fundamental para nuestro desarrollo evolutivo. El sentirse miembro del grupo y seguir sus normas nos hace adquirir una identidad y una seguridad», así como que «el que se sabe miembro de un grupo está más predispuesto a cuidar todo lo que éste representa. El sentir orgullo nos da valor como personas, nos da seguridad y autoestima».

Sostienen que «esto explica que una manera de aportación personal y ayuda a la causa sea convertirse en 'vigilantes' de los demás», una conducta que «es parte de la influencia social (positiva) que se activa para lograr conseguir el objetivo común de frenar el contagio». Creen que la población «cada vez está más por la labor de hacer todo lo posible, incluyendo la tarea de educación hacia sus convecinos», dado que «para que mi esfuerzo personal merezca la pena, necesito que el resto también lo haga».

"Es una conducta antisocial"

«Me parece pertinente aclarar que la conducta de aquellos que incumplen injustificadamente el confinamiento domiciliario bajo el estado de alarma no cometen un delito simplemente al salir a la calle», puntualiza Samuel Rodríguez, profesor de Derecho Penal y Criminología en la Universidad de Murcia (UMU).

Desde su punto de vista, lo que hacen estos sujetos «es una conducta antisocial, constitutiva en principio de infracción administrativa, con su correspondiente sanción pecuniaria».

En este sentido, el profesor detalla que sólo sería delito (normalmente del de desobediencia recogido en el artículo 556 del Código Penal) en caso de que desoyeran la advertencia personal que les hiciera el agente que les pare y, pese a ello, persistieran tenazmente en permanecer en la calle sin razón justificada».

«Esto es, no es delito incumplir el mandato abstracto de confinamiento: lo es sólo si hay un requerimiento personal y concreto para cumplirlo (el que haga el agente de la autoridad correspondiente) y, además, pese a ello, el ciudadano incumplidor persistiera en su conducta de permanecer en un espacio público sin razón justificada», reitera el experto. La conducta que, por ejemplo, tuvieron los sujetos de la fiesta al aire libre de Alcantarilla, que no solo no hicieron caso a la Policía, sino que arremetieron contra los agentes.

«Por tanto, nadie puede ser condenado penalmente por un delito de desobediencia sólo por incumplir el confinamiento injustificadamente», subraya el profesor de Derecho Penal, que añade que «sí podrá ser sancionado administrativamente en ese caso». «Pero para ser condenado penalmente, es preciso ese plus de gravedad en la conducta incumplidora anteriormente explicado», hace hincapié.