Los ayuntamientos de la Región podrán destinar unos 16 millones de euros del superávit alcanzado el pasado año a ayudar a las familias que tienen mayores dificultades para afrontar los problemas económicos generados por la pandemia del coronavirus. El Ministerio de Hacienda permitirá a las entidades locales dedicar el 20% de los remanentes de 2019 a establecer medidas extraordinarias ante la crisis sanitaria, según se recoge en el real decreto-ley del 17 de marzo.

La Federación de Municipios de la Región estima que los ayuntamientos murcianos han cerrado el año 20019 con un superávit de algo más de 80 millones de euros, según indicó su secretario general, Manuel Pato. El pago de los alquileres y la atención a los problemas de la vivienda es una de las prioridades que se plantean los consistorios murcianos, según apuntó Manuel Pato, en previsión del aumento del desempleo que se producirá como consecuencia del cierre de empresas y el cese de la actividad provocado por la crisis sanitaria.

Añadió que en estos momentos los ayuntamientos también están asumiendo el coste de las becas de comida destinadas a los alumnos pertenecientes a familias con dificultades económicas que la Comunidad ha establecido con el fin de no dejar desamparados a los escolares. Manuel Pato resaltó que la Consejería de Educación se ha comprometido a compensar estas aportaciones realizadas por los ayuntamientos, dado que se trata de una competencia regional.

Teniendo en cuenta que el real decreto-ley permite a los ayuntamientos destinar el 20% de su saldo a costear las ayudas extraordinarias destinadas a hacer frente al impacto económico y social de la pandemia de coronavirus, los consistorios podrían disponer de unos 16 millones para atender las necesidades más apremiantes de sus vecinos a través de sus respectivos servicios sociales.

No obstante, el secretario general de la Federación de Municipios no descarta que se establezca algún tipo de limitación adicional o que se ponga un gasto máximo, una vez que se desarrolle el articulado real decreto-ley 8/2020. Esta norma establece igualmente que la modificación del presupuesto regional para contemplar estos créditos extraordinarios podrá aplicarse por decreto o resolución del alcalde, sin necesidad de pasar por el proceso de exposición pública establecidos en la Ley de Haciendas Locales, aunque tendrá que ser convalidado en el primer pleno que celebren las corporaciones locales. El real decreto-ley precisa que, en caso de que la modificación de crédito no fuese convalidada por el pleno, la resolución no quedaría invalidada.

El Ministerio de Hacienda ha sido hasta ahora reacio a permitir que los ayuntamientos puedan disponer de los remanentes que vienen generando en los últimos años, a pesar del saneamiento que se ha producido en las cuentas municipales, pero ha abierto la mano ante la crisis sanitaria. Desde hace años los consistorios vienen reivindicando más libertad para reinvertir superávit.