Otros municipios tampoco le han hecho mucho caso a las normativas vigentes en cuanto a la prohibición de quemas agrícolas. El alcalde de Abanilla, el popular José Antonio Blasco, firmó un bando municipal el pasado mes de septiembre de 2019 en el que autoriza las quemas de rastrojos agrícolas «no siendo necesario ningún tipo de autorización previa para realizar la quema» si esta se lleva a cabo a más de 400 metros de un terreno forestal. Este bando está firmado tras la aprobación de la normativa regional que prohíbe las quemas si no hay plagas.

En caso de estar a una distancia menor, sí notifica el bando que las quemas se deberán hacer entre el 1 de octubre y el 31 de mayo y se deberá comunicar antes a la Comunidad a través de un correo habilitado informando de los datos de la persona y la zona exacta de la parcela. Estas quemas se realizarán en un horario concreto y solo de lunes a jueves y el primer y tercer sábado del mes.

Ordenanza de Bullas

La ordenanza reguladora de las quemas agrícolas en Bullas ha levantado ampollas en Ecologistas en Acción, que ha presentado alegaciones. Aunque la ordenanza sí recoge todas las normativas estatales y regionales que se han establecido en cuanto a la quema de podas agrícolas, Ecologistas señala que entra en contradicción al establecer la ordenanza días y horas en que efectuar la quema de restos vegetales y referencias de distancia de 400 metros de terrenos forestales, así como calendario.

«Se abre por la puerta de atrás un plazo de tiempo para poder realizar quemas agrícolas prohibidas por la legislación estatal y por la resolución conjunta sobre quemas agrícolas de la CARM», señala Ecologistas en Acción, que subraya que la ordenanza no recoge que un técnico de Sanidad Vegetal debe autorizar la quema si existe un riesgo fitosanitario como una plaga.