La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre a la pena de nueve meses y un día de prisión por maltratar a su pareja, a la que llegó a arrastrar por las escaleras del domicilio en el que vivían cuando ella trató de llevarse la mascota que vivía con ambos.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el juzgado de lo penal de Murcia que dictó la sentencia recurrida declaró probado que los incidentes ocurrieron hace ahora dos años, cuando se produjo un enfrentamiento entre los dos al decirle la denunciante que abandonaría la vivienda, pero llevándose consigo el perro.

El acusado, tras encerrar al animal en la cocina, porque aseguraba que era de su propiedad, le dio a ella varios empujones, en uno de los cuales la lanzó contra la pared.

Al insistir la denunciante en sus pretensiones, surgió una nueva disputa, en el transcurso de la cual el acusado encerró el can en una habitación, para, acto seguido, tirar las ropas de ella a la parcela en la que estaba la vivienda y sacarla fuera de esta.

Como la mujer logró acceder de nuevo al interior del domicilio a través de una ventana, el denunciado, al observar su presencia, llegó a arrastrarla escaleras abajo para que se fuera del hogar, ocasionándole así lesiones que tardaron seis días en curar.

La sentencia lo condenó, como autor de un delito de malos tratos en el ámbito familiar, a nueve meses y un día de prisión y al pago de una indemnización de 180 euros a la perjudicada por las lesiones sufridas, además de dictar una orden de alejamiento en cumplimiento de la cual no podrá acercarse a menos de 500 metros de su pareja por tiempo de un año, nueve meses y un día.

En su recurso, el ahora apelante alegó que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y que no era creíble la versión ofrecida por aquella, al haber tardado varios días en formular su denuncia.

Al rechazar sus alegatos, el tribunal de la Audiencia comenta, en cuanto a esto último que la tardanza en denunciar fue debida a que ella sentía vergüenza por lo ocurrido, "algo que es comprensible y habitual entre personas que han convivido juntas y compartido morada y vínculos emocionales tan intensos como los de pareja".

En cuanto a la realidad de los hechos, considera que los mismos están probados no solo por la declaración de la perjudicada, sino, también, con el parte de lesiones que aportó.