La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha estimado el recurso presentado por una empresa contra la sentencia del juzgado número Cuatro de esta ciudad que declaró improcedente el despido de una trabajadora que fue acordado al considerar que le hacía una competencia desleal.

El juzgado de lo social de Murcia, además de declarar improcedente el cese de la relación laboral condenó a la demandada a readmitirla o pagarle una indemnización de 4.100 euros.

Ahora, la Sala de lo Social ha revocado esa resolución al considerar probado que se encargaba de la atención al cliente de una segunda empresa y que se dedica a la misma actividad.

Señala así mismo la sentencia que se pudo comprobar, a través de un detective, que la red fija del teléfono de la segunda empresa estaba derivada a su teléfono móvil y que aquella atendía las llamadas cuando se encontraba dentro del horario laboral de la primera.

Para evitar ser descubierta, cuando recibía una llamada cogía papel y bolígrafo y se iba a una zona donde sabía que no sería captada por las cámaras de vigilancia.

Ahora, el TSJRM declara procedente el despido, al considerar acreditada la competencia desleal imputada por la empresa a la que demandó.