La Seguridad Social no se considera obligada a informar a las personas que tienen a una empleada del hogar de que deben actualizar todos los años los datos relativos al salario que pagan y el importe de la cotización que corresponde al sueldo pactado. Fuentes de este organismo también han negado que pueda reprochársele a la Administración el desconocimiento por parte de las trabajadoras que están cotizando menos de 40 horas semanales, aunque trabajan a jornada completa.

Un portavoz del Ministerio de Trabajo respondió a La Opinión que la Seguridad Social «ha enviado 19 millones de cartas en las que informa a los trabajadores de este país de los días cotizados a lo largo de su vida laboral y, por primera vez, se les indica si cotizan a jornada completa o no». Añadió que «lo que tiene que hacer cada trabajador es comprobar si su cotización se ajusta a su jornada real».

La Seguridad Social considera, por tanto, que las empleadas de hogar disponen de la información necesaria para saber en qué condiciones están cotizando y el tipo de jornada que se les aplica. El portavoz también señaló que los empleadores deben conocer su obligación de comunicar a la Seguridad Social el aumento salarial que pagan cada año tras la revisión del salario mínimo. Defendió que el INSS no tiene por qué saber si se produce una variación de la jornada pactada. Su recomendación es que, el trabajador, una vez conocida la información que le aporta su vida laboral, «debe hablar» con la persona que le ha contratado y «defender sus derechos».

Asimismo, negó que los empleadores puedan ser sancionados por no pagar la cuota que correspondería a una jornada de 40 horas.