El decreto ley de Protección Integral del Mar Menor, aprobado este jueves en Consejo de Gobierno, restringe los ciclos de los cultivos hortícolas en la zonas más cercana al Mar Menor, impidiendo que productos como lechuga, brócoli, patata, melón o sandía, puedan tener más de una cosecha.

La norma, que se va a publicar en el BORM de mañana viernes, y por tanto entra en vigor el sábado, da plazos de entre 3 meses y un año para su aplicación.

El decreto también incluye una serie de incentivos y ayudas para la transformación progresiva del modelo agrícola en la cuenca del Mar Menor, siguiendo un orden de preferencia: cultivos de secano, agricultura ecológica de regadío, cultivos hidroponicos, y agricultura sostenible de precisión.

En este último caso es aplicar el agua y los nutrientes que se necesita en cada momento.

Se prohíbe la transformación de secano a regadío y tampoco se permite la creación de nuevas superficies de cultivo de secano.

A menos de 500 metros no se pueden utilizar fertilizantes, estiércoles o abonado en verde, una franja que podrá ser ampliable si durante la aplicación del decreto se comprueba que no es suficiente para evitar la afección al Mar Menor.

Además, se ha establecido una zona agrícola uno y una zona dos, que en su conjunto abarcan 1.400 kilómetros cuadrados. La segunda de estas áreas es la más amplia, ya que supone un 85% del total y se trata de la menos restrictiva.

La norma también incluye procedimientos de restitución de los cultivos a su estado natural, implantando las cubiertas vegetales que correspondan, en casos en los que no tuvieran permiso de agua para regadío.

El plazo para esta restitución dependerá de la extensión de la finca y para aquellos propietarios que no estén por la labor se han previsto multas coercitivas del 10 por ciento del coste estimado de la restitución.

Si finalmente los propietarios no lo hacen, pese a las multas coerticitivas ( ue pueden llegar a 10%), la Administración regional lo hará con carácter subsidiario.

En cuanto al urbanismo, no se podrá construir nada, salvo los planes parciales que ya estén aprobados, en una franja que delimita la AP-7 y la autovía de El Algar a Cabo de Palos. Esta prohibición durará 5 años, el tiempo que se estima que va a tardar en redactarse el Plan de Ordenación Territorial de la cuenca vertiente del Mar Menor.

Aún así, los Ayuntamientos podrán paralizar los planes si consideran que puede afectar gravemente a la laguna salada.

Sanciones

El decreto ley, en su disposición adicional cuarta, incluye un régimen sancionador frente a la contaminacion por nitratos de origen agrario, que oscilan entre los 2.000 a 5.000 euros en el caso de infracciones leves, a multas de 50.001 a 500.000 euros en el caso de las muy graves. Para faltas graves, las multas se fijan entre 5.001 y 50.000 euros.

Serán responsables de las infracciones "tanto las personas físicas como las jurídicas, así como los grupos de afectados, las uniones y las entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos, que resulten responsables de las mismas, en especial los titulares de las explotaciones y, en su caso, propietarios!, según se recoge textualmente en el punto dos de esta disposición adicional.