Las compañías de la Región que emplean a mujeres contratadas a través de las empresas de trabajo temporal (ETT) estarán obligadas a aplicarles las mismas condiciones establecidas para sus propias empleadas en los planes de igualdad. Una sentencia del Tribunal Supremo, que ratifica un fallo anterior de la Audiencia Nacional, ha dado la razón a una reclamación presentada por los sindicatos UGT, CC OO, USO y Organización Sindical de Aragón. La resolución de la Sala de lo Social acaba así con uno de los atajos que utilizaban hasta ahora algunas empresas para disponer de personal al que no tenían que ofrecerle las mismas condiciones establecidas para el resto de la plantilla.

Esta sentencia puede tener una gran transcendencia en la Región, dado que las ETT realizan casi la mitad del millón de contratos que firman anualmente las empresas murcianas. Aunque en el campo hay una mayor presencia masculina, las mujeres son mayoritarias en las contrataciones de los almacenes de manipulado y envasado del sector agroalimentario, en la industria conservera y en las empresas del sector servicios.

El secretario general de CC OO, Santiago Navarro, calcula que unas 6.000 trabajadoras de las empresas de trabajo temporal pueden verse beneficiadas por esta sentencia en la Región, aunque el dirigente sindical admite que se trata de «una estimación».

Navarro recordó que la demanda fue presentada contra Adecco, Interim España y Randstad y señaló que entre las medidas a las que tendrán derecho ahora las trabajadoras de las ETT figuran materias como «la clasificación profesional y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo para favorecer la igualdad entre hombres y mujeres, la conciliación y la prevención del acoso sexual».

Añadió que Qualytel, la empresa que había tratado de mantener a las mujeres procedentes de las ETT al margen de las medidas pactadas para el resto de la plantilla femenina, tiene unas 6.500 trabajadores y contrataba a un 25% de su personal a través de las empresas de trabajo temporal.

Después de un largo proceso, el Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por Qualytel y las empresas de trabajo temporal que les ceden trabajadores y confirma la sentencia de la Audiencia Nacional de 2017, en la que se establece el derecho de los trabajadores de ETT a que se les aplique el plan de igualdad en los mismos términos que al personal contratado directamente.

Los planes de igualdad son obligatorios para las empresas con más de 250 trabajadores, pero a partir de este año debe aplicarse en las que tienen 150.