Subía el viernes al escenario del salón de actos del Arqueológico de Murcia para recoger, junto al fiscal superior, José Luis Díaz Manzanera, uno de los Premios Menina, que reconocen la labor de personas e instituciones en la lucha contra la violencia de género. Concepción López, dos décadas fiscal por «absoluta vocación», atiende a LA OPINIÓN al término del acto.

P ¿Cómo considera que ha de ser el 25N: una celebración o una reivindicación sobre los medios que urgen para afrontar esta lacra?

R Una celebración desde luego que no. Una sociedad que aún tenga que celebrar un día de reconocimiento a la igualdad entre hombres y mujeres no considero que sea una sociedad del siglo XXI. Quizá mejor un homenaje a las supervivientes y, sin duda, a todas las víctimas, pero también a todos los que desde el inicio han contribuido a intentar eliminar la violencia machista. Recordar que no fue hasta 1999 cuando la Asamblea General de Naciones Unidas invitó a los gobiernos y demás organizaciones internacionales a convocar actividades dirigidas a la sensibilización de la sociedad sobre este problema, instaurando el 25 de noviembre como día Internacional de la Mujer Maltratada en conmemoración al brutal asesinato de las hermanas Miraval a manos del dictador Trujilllo en 1960. Por lo que, ya en su origen, la violencia de género tenía un sentido más amplio que el que le atribuye la legislación española: no quedaba circunscrito solo a la violencia ejercida por el varón contra su pareja o ex pareja sentimental, sino la ejercida contra la mujer por considerarla inferior.

P El fiscal superior de la Región ha alertado varias veces de que las víctimas de malos tratos, una vez judicializado su caso, optan por retirar la denuncia o por no declarar. Llegó a plantear la necesidad de cambiar la norma para que estos casos no queden sin castigo. ¿Está usted de acuerdo?

R Completamente de acuerdo con el fiscal superior. Se nos faculta a los fiscales a formular acusación de oficio, cuando existan indicios suficientes de la comisión del delito, pero, a la vez, a las víctimas se les faculta para guardar silencio contra su maltratador, incluso después de haber interpuesto denuncia, de haber intervenido en el proceso y de haberse constituido en acusación particular. Esto se traduce, en la mayoría de los casos, en sentencias absolutorias, ante la falta de otros testigos. La mayoría de las veces estos delitos se cometen en la intimidad familiar, sin más prueba de cargo que la declaración de la propia víctima. A mi juicio, esta contradicción hace que las mujeres se sientan verdugos de su propios maltratadores, puesto que sienten que de ellas depende el castigo de su agresor, una victimización secundaria para la que no están preparadas la mayoría de ellas y un comportamiento tan heroico que no se les puede exigir. Bastaría eliminar esta facultad, para que, con la denuncia, que reuniera indicios suficientes y racionales de criminalidad, el procedimiento se pusiera en marcha y pudiera culminar con el castigo del maltratador con la sola intervención de la acusación pública, como en el resto de delitos de ésta naturaleza.

La Intervención de la Fiscal de Sala para la Violencia de Género, doña Pilar Martín Nájera, en la elaboración del repetido Pacto de Estado Contra la Violencia de Género, tanto en el Congreso como en el Senado fue precisamente, entre otras muchas peticiones, dirigida a solicitar la derogación de dicha dispensa en estos delitos, lo cual aún no se ha abordado legislativamente tras dos años de vigencia del mismo.

P ¿Qué medios urgen en la Fiscalía de Violencia de Género de la Región?

R Gracias a la reestructuración llevada a cabo por el fiscal superior, se aumentó de dos a tres las fiscales adscritas a los dos Juzgados de Violencia Sobre la Mujer de Murcia capital, así como un funcionario de Fiscalía más para atender la ardua labor que se lleva a cabo. Aquí quiero hacer un reconocimiento a todos los funcionarios de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer (y a los de Fiscalía, por supuesto), por su buen hacer: sufren jornadas interminables sin ninguna retribución económica.

El trabajo del fiscal no se circunscribe a presentar un escrito de acusación: el fiscal tiene y debe tener una participación activa en todas las fases del procedimiento, pero fundamental en la de investigación, precisamente por los silencios de las víctimas, por la existencia (la mayoría de veces) de menores fruto de la relación sentimental que hace que nuestra presencia sea absolutamente necesaria y, en general, por el deber de impulsar el procedimiento y cumplir la misión de defensa de la legalidad que tenemos encomendada. Además, la carga de trabajo de estos juzgados es evidente: son juzgados mixtos, con competencia penal y civil. En cuanto a medios materiales, la Fiscalía Superior de Murcia sigue sin conseguir un espacio digno para toda la plantilla, compartiendo un mismo despacho hasta cuatro fiscales.

Seguimos reducidos en un ala de la famosa cuarta planta, con la excepción de las Secciones de Menores y Violencia de Género, lo que no dignifica en absoluto la función pública que desempeñamos. Pero no depende de Fiscalía: nosotros solo podemos reivindicarlo a quien corresponde, y me consta que se hace. Del mismo modo no quisiera olvidarme de todos los compañeros adscritos a Fiscalías de Áreas, que, en sus obligados desplazamientos a Juzgados fuera de su sede, ni siquiera cuentan con un lugar digno donde desempeñar su trabajo.

Por otra parte, en la Región falta una Unidad de Valoración Forense integral (UVFI) con entidad propia especializada en violencia de género. Es una carencia en muchísimas comunidades: en otras, como Andalucía, tienen una desde 2005.

P ¿Qué se le puede decir a las mujeres que, a día de hoy, aún tienen miedo a denunciar?

R Nosotros solo intervenimos cuando tenemos conocimiento de la 'noticia criminis': nuestra función no existe como tal antes de que los hechos se nos hayan puesto de manifiesto por cualquier medio, no realizamos ni podemos realizar un asesoramiento previo a las mujeres, entre otras cosas por la defensa encomendada de cumplir objetivamente con la legalidad, de los derechos de todos los ciudadanos y el interés público tutelado por la ley. El asesoramiento y el consejo creo que queda fuera de nuestra función, y me consta la existencia en la Región de Murcia de instituciones y organismos, dirigidos precisamente a ello, que realizan una excelente labor y cuentan con los profesionales adecuados para prestar ayuda a las mujeres víctimas de actos machistas e incluso a los hijos menores, a ellos les corresponde aconsejar a todas las mujeres.

Ahora bien, una vez que a nosotros se nos hace llegar el posible ilícito penal sí les diría que los fiscales adscritos a Violencia de Género ofrecemos las herramientas jurídicas de las que disponemos, todas ellas, y la empatía suficiente con ellas para acompañarlas en todo el proceso. Yo creo que, una vez han dado el paso de denunciar, nuestra labor debe ser escucharlas siempre, y ello aunque sea para decirles, en algunos casos, que no podemos darle la respuesta jurídica que esperaban. En esto último tengo que reconocer que debemos hacer un esfuerzo mayor que en otro tipo de delitos para que ninguna mujer que haya acudido a la Justicia se sienta ignorada: yo creo que, por encima de todo, somos servidores públicos. Soy una simple jurista, muy afortunada por poder ayudar.

P ¿Qué carencias cree que aún tiene el sistema a la hora de prevenir la violencia contra la mujer?

R Prevenir el delito no es una función del Derecho Penal. El Derecho Penal es un Derecho retributivo y resocializador, su función es el castigo al delincuente por el ilícito cometido y conseguir su vuelta a la sociedad. Todos los que nos dedicamos y hemos estudiado Derecho, y en especial Derecho Penal, sabemos que no por tener leyes más duras, más severas o represivas se erradica el delito o la delincuencia.

Por tanto, la prevención debe partir de otros ámbitos, y creo firmemente que por encima de todo debe ser del ámbito educativo entendido en su sentido más amplio, que comprende tanto la docencia como la familia, deberíamos todos tener una mayor implicación tanto la Ley Integral como el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, previeron una importante batería de herramientas tanto para intentar erradicar estas conductas como para prevenirlas

P Es extraño el día que no se detiene a un agresor sexual o a un maltratador en esta Región. Desde su experiencia. ¿cree que se han incrementado los ataques o que se denuncian más?

R Han aumentado ambas cosas, en parte debido a que tanto los hechos denunciados como las propias denuncias cuentan con mayor visibilidad. Los ataques están aumentado y variando en sus modalidades: se están manifestando nuevas formas de violencia machista que a veces no encuentran su acomodo en el Código Penal. Como revelación de fotografías de carácter privado sin el consentimiento de la víctima, algunas de las modalidades de acoso... y ello unido a un repunte importante de la violencia en los más jóvenes. Preocupan los delitos digitales, aquellos en los que, además, es muy difícil incluso saber la identidad del autor, por manipulación de datos en redes sociales, por simulaciones de personalidad... habida cuenta de la facilidad para hacerlas desaparecer y cometer el delito impunemente.

Respecto a las mujeres que sufren maltrato, afortunadamente sienten menos miedo, tienen a su alcance más recursos y cuenta con más aceptación de la sociedad. El 'yo sí te creo', quizá haya conseguido el aumento de mujeres que denuncian; otra cosa es que podamos darles, desde la Justicia y desde el Derecho Penal, lo que reivindican siempre.

P ¿Cuál es el caso que más le ha impresionado?

R Sin duda, la violencia que se ejerce sobre los menores es la que te desarma ante esta lucha. El mayor ataque que puede recibir una mujer por su maltratador es precisamente la violencia sobre sus propios hijos, es la manifestación más brutal y en la mayoría de los casos es una violencia explosiva. Quiero decir con ello que son muchos los supuestos en los que previamente o no habían denuncias o nunca el hombre había cometido un acto de violencia física contra su pareja, y el primero que comete es el más grave.

P ¿Siguen dándose situaciones en las que víctima y maltratador condenado vuelven juntos a casa desde la puerta del juzgado, como ha contado algunos abogados?

R -A esta pregunta deberían contestar esos abogados... pero lo que es evidente es que un maltratador condenado que queda en libertad, siempre es condenado además a la pena de prohibición de aproximarse y de comunicarse con su víctima durante el tiempo que permita el tipo delictivo, y que en caso de no resultar condenado si nos hallamos en fase de instrucción, si existen un riesgo objetivo para la víctima e indicios de la comisión de un delito, la orden de protección que puede dictarse mientras se sustancia el procedimiento puede ser pedida de oficio por el Ministerio fiscal o incluso dictada por el propio juez, y ello aunque la mujer no lo solicite.

Lo que sí es cierto es el aumento del delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar, impuesta tras un acto de violencia, y que desde el año 2015 ha pasado también a ser competencia de los Juzgado de Violencia Sobre la Mujer, cuando la víctima sea la pareja o ex pareja, y en algunos casos también es cierto que el quebrantador contaba con el consentimiento de la mujer, lo que por otra parte no le exime de responsabilidad penal.

P ¿Cómo se vigila si se cumple o no una orden de alejamiento?

R Dependerá del tipo de medida que se haya establecido, con o sin dispositivo telemático de control, es decir, las conocidas como 'pulseras'. En caso de haberse impuesto medida o pena de alejamiento y prohibición de comunicación, corresponde a la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el control de su cumplimiento; ellos disponen de todo un protocolo de actuación regulado y consensuada y sobre todo dependiendo de la valoración del riesgo que le sea atribuido.

El control de las órdenes de alejamiento en las que se ha colocado el dispositivo telemático corresponde al Centro de Control Cometa, el cual proporciona información actualizada y permanente de las incidencias que afectan al cumplimiento de las penas y medidas, tanto accidentales como provocadas por el propio portador del dispositivo, y permanentemente tienes localizados tanto a la víctima como al maltratador.