Un paciente al que tuvieron que amputar una pierna tras dos errores de diagnóstico que el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) califica de "evidentes" tiene derecho a que el Servicio Murciano de Salud (SMS) lo indemnice con 9.000 euros.

Así se indicas en el dictamen que este órgano consultivo ha emitido a instancias de la consejería de Salud, y en el que se indica que existe una relación de causalidad entre el daño por el que se reclamó la indemnización y el funcionamiento de los servicios médicos, que no fue el adecuado.

Debido a esa relación causal, añade el informe, el enfermo, y en su nombre, sus hijos, al haber fallecido el paciente, tienen derecho a ser resarcidos por los perjuicios sufridos.

En su reclamación, el paciente aseguró que en mayo de 2013 acudió a su médico de familia porque tenía dolores en la pierna izquierda, pero el facultativo descartó la existencia de patología alguna y lo envió a su domicilio.

En julio siguiente acudió al Servicio de Urgencias del Hospital Virgen de la Arrixaca de Murcia al persistir los dolores, indicándole en el mismo que sufría una mialgia, no una trombosis.

El enfermo expuso en su denuncia que los médicos no tuvieron en cuenta que unos siete años antes había tenido que someterse a un baipás en la otra pierna por insuficiencia de riego sanguíneo.

Tras acudir en varias ocasiones a consulta porque los dolores no remitían, acudió a un médico privado, quien comprobó que no tenía flujo en las arterias de ambos miembros inferiores, por lo que lo derivó al hospital antes citado, donde se le hizo un baipás en el izquierdo.

Tras otras vicisitudes y después de pasar por el Hospital Lorenzo Guirao de Cieza, ingresó de nuevo en el Virgen de la Arrixaca de Murcia, donde, según afirmó el paciente, no se le prescribió tratamiento alguno, sino solo el suministro de morfina para calmar el dolor.

Finalmente, ya en enero de 2013, y debido a una infección de los tejidos, se le tuvo que amputar la pierna.

Ahora, el CJRM, considera que de la documentación aportada al expediente se deduce que hubo "dos evidentes errores de diagnóstico".

Y añade que los médicos tenían que haber obrado de otra manera al tener en cuenta el antecedente que presentaba en el otro miembro inferior, por lo que considera que debe ser reparado por la vía de la responsabilidad patrimonial que obliga a las administraciones cuando el servicio público no funciona adecuadamente.