La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, lo que comúnmente se conoce como 'zona catastrófica', contempla medidas como ayudas por daños personales, ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad o compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.

Asimismo también contempla ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestación personal o de bienes, ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular, ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina, apertura de líneas de préstamos preferentes subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial, medidas fiscales (v.g. exención cuota IBI, reducción IAE, exenciones tasas del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, etc.), medidas laborales y de Seguridad Social.

La petición se realiza al amparo de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que prevé, cuando se produzca una emergencia cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, se aplicarán las medidas recogidas en su capítulo V, previa declaración de la misma de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 23.