«¿Vas a entrevistar a Pardo, no?», me han preguntado desde que inicié esta 'Trastienda del crimen'. Raúl Pardo-Geijo nació en Murcia, estudió en el CEU San Pablo de Molina y se licenció en Derecho por la Universidad de Murcia.

Lo encuentro como acostumbra: cuidadosamente engominado hacia atrás y luciendo traje y corbata de tonalidades oscuras. No desentonaría como modelo de Versace, me da por pensar. Pero lo suyo no es la moda; lo suyo es defender a acusados de haber matado, de haber violado, de haberse corrompido.

Al final, para envidia de sus colegas, casi siempre demuestra que no eran tan malos. «Aunque no te lo creas», me puntualiza, «a veces también acuso». El despacho, junto a la plaza de toros de la ciudad capitalina, transmite orden y minuciosidad: decoración minimalista y cuadros conceptuales y abstractos: Miró y el molinense Yagües. Acabó la carrera en cuatro años cuando aún duraba cinco, porque su padre le dijo que él «se quería ir ya» (todavía, casi 15 años después, sigue en activo).

Asegura que cuando aterrizó en el despacho de su padre, novato, quería cosas pequeñas para foguearse: un robico, una falsedad documental? pero no hubo suerte y empezaron a llegar violaciones, corrupción y tráfico a gran escala. Desde entonces no ha habido pausa para este joven letrado murciano con fama de minucioso y trabajador. «Duermo poco y tomo ocho o nueve cafés al día; yo creo que con 50 años me va a dar un patatús».

Le apasiona la filosofía, y tal vez sea por su necesidad de relax que se refugia en los estoicos: Epicteto, Séneca, Marco Aurelio. Le fascina la figura de Sócrates. Habla también con admiración de los maestros orientales: Lao-Tze y Confucio. «A los existencialistas no los leo porque me deprimen», dice mientras esboza una media sonrisa.

Le digo que lo veo muy 'echao palante'; «fíjate», me replica pensativo, «mi único miedo es verme detenido por error y pasar una noche en el calabozo; sin poder trabajar, sin poder hablar con nadie, sin café, sin mi pitillo electrónico». Ahí sí que le daría un patatús.

- Medalla de Oro al Trabajo en Derecho Penal; Premio Europeo a la Gestión e Innovación Profesional, Galardón a la Excelencia Profesional; Premio de Ley por tres ocasiones consecutivas; cinco premios internacionales este año como abogado penalista y, entre ellos, el 'Best Lawyers' (Criminal Defense), otorgado por la editorial estadounidense más antigua del Derecho. Debe de ser el penalista más laureado de España Y tan joven.

«No son más que reconocimientos que, como siempre he dicho, todo abogado penalista debería recibir, al menos una vez en su vida. El Derecho Penal es muy duro y en la mayoría de las ocasiones está en liza el bien más preciado después de la vida: la libertad. En cuanto a la juventud, aun siendo cierto que la experiencia es un grado, no es siempre la edad la que te hace adquirir la experiencia. Entre otros múltiples factores, las horas de trabajo eficiente son determinantes. Si un letrado trabaja 8 horas al día y otro lo hace 16 (que, por desgracia, es mi caso en muchísimas ocasiones), se entenderá fácilmente que lo que uno hizo en 20 años lo realizó otro en tan sólo 10. También operan cualidades innatas, ya no fruto de la práctica, pero que, por supuesto, son desarrollables de igual manera realizando la operación anterior: trabajo eficiente. He podido comprobar cómo jóvenes letrados están mejor preparados que otros más veteranos».

No sé si decir que es un doberman del estrado...

Mi estilo varía según el tipo de juicio al que me enfrente. Por lo general, soy bastante calmado, comprensivo, empático y permisivo con el resto de partes, incluido el Ministerio Fiscal y los juzgadores. No me muestro 'agresivo' si, por ejemplo, el letrado contrario realiza al cliente las preguntas con la respuesta subrepticiamente dada y el juez se lo permite, o, igualmente, si el Ministerio Público realiza preguntas que son capciosas o contienen dosis de incertitud. Lo que no toleraría, y es que no debería suceder, es que, en el supuesto anterior, una vez llegado mi turno, no se me diera igual trato. Podemos jugar al Derecho de distintas formas (de hecho, existen varios tipos de interrogatorios permitidos) y es el Juzgador el que debe decidir la laxitud o rigor del proceso a seguir, pero para todos igual. Quien me conoce sabe que es muy difícil que aflore mi agresividad (una agresividad que todos tenemos); sólo lo hago cuando aprecio verdadera injusticia.

En el 'Caso Visser' usted defendió a María Rosa Vázquez, una especie de secretaria del autor confeso, Juan Cuenca. A María Rosa fue quien Cuenca le encarga alquilar la Casa Colorá (donde perpetró el doble crimen), comprar los útiles que utilizaría para el desmembramiento y enterramiento de los cadáveres de la pareja holandesa: sosa cáustica, bolsas grandes y pequeñas y una motosierra. María Rosa borra el mensaje donde él le pide que compre la radial. Cuando habla con Cuenca le llega a preguntar si la línea de teléfono es segura. ¿Y yo me tengo que creer que María Rosa nunca supo nada sobre los planes de Cuenca?

Conocer unos futuribles planes, máxime cuando están indeterminados, no convierte a la persona en cómplice o cooperador necesario del asesinato por el que se juzgó al resto de encausados. No sólo debe haber algún tipo de aportación material sino, además, ser consciente o prever qué pretendía hacerse. En todo caso, entre Rosa y Juan había una estrecha confianza mutua y ella no podía imaginar que Juan tramaba algo así. Además, Rosa no compró finalmente nada de lo que él le pidió. Juan le había dicho que en la casa mantendría una importante reunión de negocios y quién sabe si lo que en aquel momento buscaba con tales instrumentos era acicalarla para dar una buena apariencia a sus invitados. De ahí que, a propósito de la motosierra, ella respondiese algo así como «eso es lo que se usa para cortar árboles». Hablando de borrar mensajes, recuerdo que estuve más de 48 horas leyendo todos los que los investigadores no quisieron leer y encontré algunos que, bien entendidos, podrían demostrar su inocencia. Y así lo decidió la Justicia, decretando su absolución sin necesidad de entrar a juicio.

Los letrados del caso con quienes he hablado comparten la convicción de que no hemos conocido la verdad sobre el caso de los holandeses.

Pues francamente, no sé lo que dirán los demás, pero poco hay que ocultar. De hecho, hasta Evedasto Lifante, que también estuvo encausado, escribió un libro sobre el procedimiento y poca relevancia tuvo de cara al mismo. Hay, que yo sepa, un único secreto en el sumario que, igual que descubrí yo, puede descubrir cualquier persona que lo escudriñe durante tantas horas pero, desde luego, no supone, al menos de forma efectiva, la participación de ningún tercero más. Para elucubraciones no está el Derecho Penal.

No me deje así. Hábleme de ese secreto.

Una testigo habló de un hombre en la Casa Colorá que no era ni Juan Cuenca ni ninguno de los dos ciudadanos rumanos. Ese cuarto hombre, perfectamente identificable (sin que pueda desvelar más datos), constituye a mi entender el único misterio del caso.

No llegó a haber juicio del caso Cala Cortina. Hay quien opina que no deberían permitirse los acuerdos en casos penales, especialmente en homicidios. ¿Está contento con el acuerdo del caso? Lo digo porque parece que uno de los objetivos de los agentes, continuar siendo policías, no se cumplirá.

En la vida todo son acuerdos. En el caso de los homicidios, como en cualquier otro delito, la existencia de pactos es ineludible. Si los familiares de Diego hubieran decidido ir a juicio, podrían haber conseguido una condena de más de 30 años de prisión para cada agente, pero, si como eligieron, no acuden al mismo, no se exponen a que queden absueltos. De igual manera pensaron los agentes. Puedo decir que costó muchísimo tiempo y empeño llegar a ese acuerdo. Ellos, que ya estaban unos dos años en prisión preventiva, decidieron finalmente que se les añadiera otros dos más (por el delito de homicidio imprudente, quiero subrayar esto) y recuperar, cuanto antes y de forma definitiva, su libertad. Sobre si estoy contento, no exactamente. Es un acuerdo muy bueno, era imposible rebajar más las penas, pero no puedo contentarme o no según elecciones que no tomé yo y sobre las que, por supuesto, no me compete adentrarme. En cuanto a que puedan volver a ser agentes o no, es un tema administrativo, pero en varios casos he podido comprobar cómo agentes condenados recuperan su condición.

Pongamos que es cierto que los agentes no dieron muerte a Diego Pérez. Pero llevárselo de madrugada a cinco kilómetros de su casa y dejarlo allí es una crueldad indigna de agentes de la autoridad

Se parte de una premisa errónea: los agentes no 'se lo llevaron' (era él el que solicitaba que lo llevaran a un sitio lejano ante el temor de que le dieran muerte por el robo de unas bicicletas) ni tampoco lo dejaron allí; se le abrió la puerta y salió corriendo monte a través. Y sobre el núcleo de su pregunta, es que no hay que 'dar por cierto' que ellos no dieron muerte a Diego, sino que así se estableció en la sentencia: el homicidio fue por imprudencia, esto es, por no custodiar adecuadamente a Diego y haber muerto tras la caída desde unas rocas. Como los agentes tenían, en este caso, un 'deber de garante' por su condición, fue ese el motivo de la condena. Si tal actuar lo hubiera realizado otro ciudadano, no existiría delito. Por último, sobre la crueldad o no del supuesto acto, no es el Derecho Penal el que debe enjuiciar la moralidad o no de una conducta no delictiva. Puede ser triste, pero son las reglas del juego.

Se le llegó a conocer como 'el violador de Barriomar'. Fue acusado de abusar de tres niñas menores de edad, pasó un mes en prisión preventiva. Y entonces hubo un giro argumental. Usted es su defensor.

Sí, tras varios interrogatorios a las menores, se logró descubrir que todo había sido inventado. ¿El móvil? Supongo que el económico. Ahora la madre de las menores se enfrenta a 4 años de prisión por varios delitos de acusación y denuncia falsa y a una importante indemnización que esperamos que, aunque sea mínimamente, apacigüe el sufrimiento que padeció mi defendido, que incluso hubo de irse a residir a otra localidad por el revuelo que se formó, pese a haber salido impune.

El famoso crimen de Charco Lentisco, los novilleros que fueron acribillados a la luz de la luna en un paraje ciezano, fue obra del padre de la familia Yepes y dos de sus hijos. Los Yepes han vuelto a aparecer en las páginas de sucesos de la prensa regional. La extinta y célebre revista Interviú llegó a calificar a Los Yepes 'la maldición de Cieza'. El penúltimo incidente: varios hermanos entran en la nave de Valentín, un electricista de Abarán al que le exigen que les entregue los certificados de unas viviendas de ellos. La cosa acaba con Valentín, su defendido, que es tirador olímpico, abriendo fuego contra ellos. Dejó paralítico a uno de los Yepes.

Un desgraciado caso, el de mi defendido, en el que, adentrándose en su recinto de trabajo, ve que agreden a él y a sus hijos y se defiende con un arma, con tan mala suerte que uno de ellos queda paralítico. Puedo comprender la postura de los hermanos (tan sólo por las consecuencias que padeció uno de ellos), igual que con mayor razón entiendo la de Valentín, pero no se pueden utilizar los resortes que ofrece la Justicia para estos espurios menesteres y ello lo digo porque han interpuesto hasta 7 denuncias a mi representado (por amenazas, agresión, quebrantamiento de medida cautelar, etc.), saliendo en todas ellas absuelto.

Enero de 2018, Puerto Lumbreras, un hombre muere apuñalado a la puerta de un pub; 'El Folli' es detenido como cooperador, usted lo defiende. Abril de 2018, un hombre es acuchillado mientras Murcia celebra el Bando de la Huerta; Mariano es acusado, usted lo defiende. ¿Se ha especializado en defender a acusados de andar por ahí matando gente?

Precisamente me habla de dos casos donde ambos han sido exculpados de los delitos de asesinato y homicidio. Con todo, quiero subrayar que a veces se habla de 'crimen' y no se distingue entre los numerosos y esenciales matices: ¿fue planeado o se decidió en el acto de la reyerta? ¿Aun no habiendo plan previo, se asumieron las posibles consecuencias del acometimiento, fue en defensa propia o tan sólo hubo un actuar imprudente?

Ha oficiado de defensor de políticos involucrados en algunos conocidos casos, como Limusa, Líber, Umbra, Acal, Ninnete, Biblioteca, Costa Cartago, Nueva Condomina, Rotondas, Roblecillo, Novo Cartago, Adif o Púnica, entre otros. ¿Cómo se defienden estos casos?

Son delitos de índole totalmente distinta a los anteriores y, sin embargo, de estrechísima relación. Aquí se juega, igualmente, con los principios del Derecho Penal, pero la jurisprudencia tiene muchísima más relevancia que la ley. De ahí que ciertos elementos cobren relevancia. Pienso ahora en la coautoría adhesiva, por ejemplo, que significa que sin participar en la ejecución del plan, decides sumarte al mismo una vez lo has conocido y ayudas a su desarrollo con la aportación de algún medio idóneo. Eso antes no existía. Tampoco se podía condenar al cooperador necesario si el autor («en sentido estricto») era absuelto y, no hace mucho y con buena lógica, se ha entendido que sí. Por ejemplo, un alcalde que dicta una resolución prevaricadora sin saber que lo es porque tiene la confianza de que lo propuesto por el concejal, del ramo que sea, es legal. Esto la ley tampoco lo dice.

Ha defendido también a colegas de profesión, alguno acusado de cosas como presentar testigos falsos, deslealtad profesional, injuriar o agredir a otros, estafar a terceros o falsificar documentos? ¿Por qué le buscan?

Son casos nada agradables pero que, como compañero, me veo obligado a asumir suponiendo, además, un orgullo el depósito de su confianza. Unos se han ganado por motivos de fondo (se había de presumir su inocencia) y otros por motivos de forma (la falsificación no era penalmente punible, la estafa no revistió el engaño suficiente o en el acto del juicio se omitió el derecho de todo acusado a la última palabra).