Hay catorce masas de agua superficiales y subterráneas en la cuenca del Segura afectadas, o en riesgo de estarlo, por contaminación por nitratos de origen agrario. De ellas, la gran mayoría están ubicadas en la Región de Murcia.

Esta lista aparece en el proyecto de orden del Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco), por la que se determinan las aguas continentales afectadas por este tipo de contaminación en las cuencas hidrográficas intercomunitarias, es decir, aquellas cuya extensión ocupa más de una comunidad autónoma, como la del Segura.

Estas cuencas hidrográficas son competencia de la Administración General del Estado, pero a la vez corresponde a las comunidades autónomas, «en ejercicio de sus competencias», delimitar las zonas vulnerables a este tipo de contaminación, recuerda el Ministerio.

Se consideran contaminadas las aguas superficiales y subterráneas que presenten, o puedan llegar a presentar, una concentración de nitratos superior a 50 mg/litro; y los embalses, lagos naturales, charcas, estuarios y aguas litorales que se encuentren en estado eutrófico o puedan eutrofizarse en un futuro próximo.

Las medidas específicas que deben incluir los programas de acción en estas áreas están referidas, entre otros requisitos, a la limitación de periodos en que es posible la fertilización de las tierras; a las capacidades exigibles de almacenamiento temporal de abonos sólidos; a las cantidades máximas aplicables de fertilizantes; al registro de fertilización que deben llevar los agricultores; a la distancia que deben respetar entre el lugar de aplicación y las corrientes de agua, etc.

Según la definición del Ministerio, las zonas vulnerables deben ser aquellas cuya escorrentía alcance las aguas afectadas y, por consiguiente, contribuya a su contaminación.

Sobre esas zonas «también es obligación de las comunidades autónomas establecer medidas para reducir la contaminación». Dichas medidas se concretan en códigos genéricos de buenas prácticas y, en especial, en los denominados programas de actuación sobre las zonas vulnerables, que resultan de obligado cumplimiento para los agricultores que desarrollan su actividad sobre estas áreas, recuerda el ministerio que dirige, en funciones, Teresa Ribera.

Una vez se apruebe esta orden, que estará en información pública hasta el 16 de agosto, en el plazo máximo de cuatro años se debe revisar la relación de aguas afectadas por este tipo de contaminación, según se recoge en el proyecto de orden ministerial. Para ello, se tendrán en cuenta los resultados de las estaciones de muestreo colocadas en los distintos puntos afectados.

El Ministerio recuerda que todas estas actuaciones están vinculadas al establecimiento efectivo de la Directiva 91/676, relativa a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.

«Las obligaciones de esta norma son medidas básicas a considerar en los planes hidrológicos de cuenca, que actualmente se encuentran en proceso de revisión», recuerdan desde Transición Ecológica.

Y añaden que si esas medidas no son suficientes para frenar los impactos derivados de esta contaminación, «los planes hidrológicos deberán tomar en consideración otras medidas complementarias para posibilitar el logro de los objetivos ambientales exigidos por la Directiva Marco del Agua» de la UE.

Enriquecer la orden

Enriquecer la ordenLa documentación que se pone a consulta puede localizarse a través del portal web del Ministerio para la Transición Ecológica (www.miteco.gob.es), dentro de la sección dedicada a participación pública. El Ministerio «invita a todos los interesados a que aporten sus comentarios para enriquecer este proyecto».

Una vez superada esta fase de consulta pública, que se extenderá hasta el próximo 16 de agosto, el Ministerio continuará la tramitación administrativa del proyecto normativo.

Además de a la cuenca del Segura, esta normativa afecta a las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana, Guadalquivir, Júcar y Ebro.

La primera determinación de aguas afectadas por nitratos de origen agrario se realizó en el año 2009 a través de la Resolución de 4 de diciembre, y fue revisada en marzo del 2011 mediante la Resolución de 24 de marzo de 2011, ambas de la Dirección General del Agua del Ministerio.

Además, este departamento publicará la cartografía de las zonas en su GeoPortal y el documento técnico que describe el procedimiento de revisión de las aguas afectadas.