La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a 26 empresas de transporte escolar y a 2 de las principales asociaciones del sector por crear un cártel en el transporte escolar en la Región de Murcia. Las empresas crearon una trama para repartirse y encarecer los concursos de la Consejería de Educación al menos durante diez años. El conjunto de las sanciones se eleva a 1,88 millones de euros, a los que hay que sumar 75.000 euros a las asociaciones que articulaban el acuerdo.

Igualmente, la CNMC activa nuevamente el procedimiento para aplicar la prohibición de contratar con la Administración de las empresas multadas, remitiendo la resolución sancionadora a la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado. (SAMUR/02/18)

Las empresas habían creado un cártel para amañar los concursos públicos que realiza la Consejería de Educación para llevar gratuitamente al colegio a alumnos de educación primaria y secundaria. Durante 2017 un total de 18.500 alumnos utilizaron diariamente el transporte escolar en la Región de Murcia, en un total de 402 rutas.

Las empresas del cártel del transporte escolar se repartieron durante diez años aquellas rutas de su elección, estableciendo turnos y compensaciones para asegurar carga de trabajo y precios. Para articular la trama, firmaron un "convenio regulador" en 2009 y dos asociaciones empresariales se encargaban de articularlo y de vigilar su cumplimiento. Esta conducta se produjo desde las reuniones preparatorias para la firma del Convenio de 2009 hasta junio de 2018, momento en que finalizó la ejecución del Contrato correspondiente al curso 2016-2018.

La investigación ha revelado un comportamiento coordinado, basado en un sistema de renuncias cruzadas, renuncias dobles y triples en un mismo lote, ofertas que se retiran en el mismo día en que se presentan e incluso renuncias condicionadas al mantenimiento de la renuncia de otro licitador.

El expediente se inició tras una denuncia de la Consejería de Educación de la Región de Murcia. Durante la investigación se sumó un solicitante de clemencia, Transportes Periféricos Murcianos, S.A. (TRAPEMUSA), que ha quedado eximido de la multa por su colaboración para acreditar la infracción desde 2009. Posteriormente, otras dos empresas (Autocares López Fernández, S.L. y Autocares Paterna S.L.), solicitaron la aplicación del programa de clemencia y proporcionaron nuevas pruebas, viendo reducida a su sanción un 40 y un 30% respectivamente.

La CNMC considera acreditada la existencia de una infracción muy grave del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia 15/2007, de la que son responsables las siguientes empresas atendiendo a la duración de su participación:

Las asociaciones de empresas sancionadas son la Asociación regional de empresarios de transportes de viajeros de Murcia (FENEBUS-Murcia) con 60.000 euros y la Federación regional de organizaciones empresariales de transporte de Murcia (FROET) con 15.000 euros.

La CNMC recuerda que de toda infracción de falseamiento de la competencia se deriva la prohibición de contratar con la Administración, en aplicación de la legislación de contratos públicos. No obstante, la duración y el alcance de dicha prohibición habrá de ser fijado por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado.

La CNMC considera prioritaria la lucha contra los carteles y recuerda que para su detección cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total (o a una reducción) de la multa que le correspondería.

Asimismo, la CNMC dispone de un Buzón de Colaboración donde los operadores o personas físicas pueden facilitar información a la autoridad de competencia sobre este tipo de infracciones muy graves.

La CNMC recuerda que contra esta Resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.