Los jóvenes desempleados inscritos en Garantía Juvenil y los parados de larga duración con inquietudes por emprender pueden acogerse desde hoy a la nueva Cuota Cero +24 de la Comunidad, que amplía de 1 a 2 años el periodo en el que el Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) asume el pago de las tarifas de autónomos.

Esta nueva medida ha sido publicada hoy en el Boletín Oficial de la Región de Murcia con una dotación de 3,5 millones de euros y el plazo de solicitud se encuentra abierto hasta el 15 de octubre.

Para facilitar el establecimiento como autónomos de desempleados de estos dos colectivos, el SEF seguirá reintegrando la cuota de la base mínima de cotización a abonar a la Seguridad Social durante el primer año de actividad, tal y como ya sucedía hasta ahora, y desde hoy también hará lo mismo con el segundo año, con lo que se elimina la obligación de abonar la tarifa de 50 euros al mes en el segundo año como autónomos.

Además, se mantiene la ayuda inicial para facilitar esos primeros pasos de actividad. Es decir, los nuevos autónomos seguirán recibiendo una ayuda de la Comunidad como incentivo, que es de 2.000 euros en el caso de los hombres, y de 2.500 euros para mujeres.

En el caso de que el beneficiario sea una persona con discapacidad, se encuentre en riesgo de exclusión social o sea víctima de violencia de género o de terrorismo, recibirá 3.500 euros.

El consejero de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, Javier Celdrán, ha dicho hoy en la presentación de esta novedad que el gobierno regional quiere que estas personas "se centren en hacer viable su proyecto, no en pagar las cuotas".

Los interesados en acceder a esta subvención pueden solicitarla por vía telemática o de manera presencial, en un registro de la Comunidad o en cualquier Oficina de Empleo.

Una de las novedades de esta medida es que se simplifica la inscripción y se agiliza la tramitación administrativa.

Para disfrutar de la ayuda, los beneficiarios deberán estar dados de alta como autónomos durante un mínimo de dos años. El procedimiento incluye dos reintegros del SEF, el primero, transcurridos doce meses (se abona ese primer año de cuotas), y un segundo a la conclusión de los 24 meses (se abonan las tarifas correspondientes a ese segundo año).

Igualmente, los interesados deben estar dados de altas como desempleados en el SEF en la fecha inmediatamente anterior a la del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.