La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una empresa contra la sentencia de un Juzgado que la condenó a indemnizar a un trabajador más de 42.000 euros por las pagas extraordinarias que no le pagó desde diciembre de 2009.

La sentencia, según informa Efe, señala que el Juzgado estimó la demanda del empleado y acordó la extinción de la relación laboral, con la obligación por parte de la empresa de abonarle la suma indicada.

El Juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió la demanda declaró probado que hasta 2009 la empresa le abonaba tres pagas extraordinarias, en marzo, julio y diciembre.

Sin embargo, desde diciembre de 2009 dejó de pagar las extras de diciembre y julio. El trabajador solo cobraba la correspondiente al mes de marzo, prorrateada mensualmente.

La Sala del TSJ, al desestimar el recurso, dice que está probado que la empresa y los trabajadores acordaron en el año 2010, de forma verbal, que las nóminas serían abonadas entre los días 15 al 20.

Pero añade que "el impago de las pagas extraordinarias desde el año 2010 no tiene cabida en ese acuerdo verbal, ni existe justificación alguna para su impago sistemático, ocasionado un débito considerable y un retraso injustificable en el cumplimiento de las obligaciones de pago por la empresa".