Un total de 23.332 extranjeros residentes de Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú o Trinidad y Tobago podrán votar en las elecciones municipales de mayo si se inscriben en el censo electoral entre el 1 de diciembre y el 15 de enero, gracias a los acuerdos de reciprocidad con sus países de orígen. Para poder votar deben tener la autorización de residencia en España y haber residido legal e ininterrumpidamente durante al menos los cinco años (tres para los ciudadanos noruegos) anteriores a su solicitud. Deben estar empadronados en el municipio donde votarán.