La aseguradora del Servicio Murciano de Salud (SMS) tendrá que indemnizar con 250.000 euros más intereses sancionadores a D.C. M., una paciente de Alcantarilla que quedó ciega tras una aneurisma que confundían con una cefalea. Así lo dicta el juzgado de primera instancia número 8 de Majadahonda, según informa la Asociación el Defensor del Paciente.

Desde el 29 de marzo de 2014, entonces con 45 años de edad y residente en Alcantarilla, Murcia, D.C.M comenzó a sufrir fuertes cefaleas, por lo que acudió el 31 de marzo de ese mismo años a su Centro de Salud de Alcantarilla-Casco, donde se le diagnosticó tensión cervical y se le pautó tratamiento con paracetamol e ibuprofeno. Anteriormente a estos hechos la paciente no tenía ningún problema de cefaleas ni de visión.

Pocos días después sufrió un episodio de pérdida de consciencia, siendo trasladada al Hospital Virgen de la Arrixacaen Murcia. Allí se le diagnosticó de nuevo cefalea occipital de tipo tensional y se le dio el alta, pautándose tratamiento con paracetamol, ibuprofeno y diazepam. Se le advirtió de que acudiese de nuevo si empeoraba, cosa que hizo al día siguiente, siendo dada de alta de nuevo. De esta sentencia se ha podido probar el ingreso de la paciente, "pero el Hospital Virgen de la Arrixaca no conserva nada, lo que es totalmente irregular", aseguran desde la Asociación.

Durante el resto del mes de abril la paciente acudió en diversas al Centro de Salud de Alcantarilla, donde incluso su médico de cabecera le negó la baja laboral -era limpiadora-, y tres días más tarde achacó sus síntomas a "gran somatización", lo que viene a significar que lo que tenía para él no era algo físico sino psicológico.

Allí se le detectó una hemorragia subaracnoidea secundaria a rotura de aneurisma de ACI izquierda por la que fue intervenida de urgencia, "ya demasiado tarde", de angiografía y embolización de aneurisma intracraneal, sin poder evitarse amaurosis, e decir, ceguera total en el ojo derecho y ceguera en los dos cuadrantes temporales del ojo izquierdo.

Por este motivo, a la afectada se le concedió la incapacidad permanente en grado de absoluta para todo trabajo; un grado de discapacidad del 83%, y la condición de dependiente severa de grado II por el que se acredita que precisa la ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria.

La afectada acudió a la Asociación el Defensor del Paciente y, tras ser derivado su caso al abogado Ignacio Martínez, se interpuso una demanda contra la aseguradora del SMS por entender que ante los síntomas que presentó reiteradamente en absoluto se cumplieron los protocolos médicos del propio SMS sobre cefaleas, con los cuales se ha de descartar aquello casos graves, que al contrario de la migraña o cefalea tensional, pueden suponer una urgencia médica de primer orden como un aneurisma.

El abogado y la paciente consideran que la resolución del juzgado por la mala praxis "es insuficiente" y van a apelar la sentencia.