Finalmente solo habrá una causa, que será instruida por el juzgado número 2 de Murcia, en torno a la denuncia por delito contra los recursos naturales y el medio ambiente en el caso de la degradación del Mar Menor, interpuesta por la Fiscalía de Urbanismo y Medio Ambiente del TSJ de Murcia y por Ecologistas en Acción como acusación particular.

Esta es una de las decisiones adoptadas por el titular de dicho juzgado, Ángel Garrote Pérez, que sustituye a la jueza Miriam Marín, ante los recursos presentados contra el auto de diligencias previas de la jueza por parte de la Fiscalía, de Ecologistas en Acción y de algunos de los imputados.

La causa incluye como imputados a funcionarios de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS), de la Consejería de Agricultura (que se enfrentan también a un presunto delito de prevaricación), a la empresa Insal y a 24 agricultores del Campo de Cartagena.

El magistrado ha estimado los recursos interpuestos de fiscal y Ecologistas, desestimando los de los agricultores Angel Sánchez Fructuoso, Bernardino Vidal Garre, Juan Pedro López Reinaldos y Roque Madrid Pérez, el funcionario de Agricultura Esteban Abad Salcedo, la empresa Insal Electricidad y Automatismos, S.L.

El juez Garrote ha acordado mantener como hechos a investigar el apartado de la denuncia relacionada con la ausencia de la planificación que sobre el Mar Menor pesaba sobre la Consejería de Agricultura conforme a la legislación vigente. Argumenta que «es preciso indagar por qué durante casi 15 años» no se llevó al Consejo de Gobierno el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Mar Menor, que fue iniciado en 2003 y tenía de plazo de dos años para su aprobación. Y por tanto, declara improcedente el sobreseimiento y archivo de la causa sobre los responsables y funcionarios de la Consejería.

En un segundo punto, el magistrado deja sin efecto la práctica de las diligencias relacionadas con la solicitud de informes a la Abogacía del Estado y a la Intervención General del Estado (IUGAE), al considerar, tal y como pedían la Fiscalía y Ecologistas, que no son instituciones «adecuadas» para emitir informes en esta causa.

Indicios de criminalidad

Además, deja sin efecto el desglose y testimonio de la causa para conocer por separado de los supuestos delitos que se imputan a los funcionarios de la Consejería de Agua, Agricultura y Medio Ambiente, a los de la CHS, 24 agricultores y la empresa INSAL, y la inhibición para el conocimiento de estos delitos mediambientales a los Juzgados de Cartagena y San Javier, manteniendo la unidad de toda la causa.

El juez argumenta que separarla causa en varias piezas «puede impedir la correcta investigación, calificación y, en su caso, enjuiciamiento de las conductas que se imputan a los investigados».

En cuanto a los recursos de los agricultores, deniega el recurso por considerar que no se produjo la indefensión que argumentan por no haber participado en la investigación del fiscal; y el juez considera que hay indicios de criminalidad contra ellos por los vertidos ilegales de salmueras al Mar Menor procedentes de pozos y desalobradoras.

Y en cuanto al funcionario, que alegó estar jubilado desde 2008, el magistrado apunta que la denuncia relata hechos e irregularidades anteriores a ese año.

Por último, el juez Ángel Garrote no admite el recurso de la empresa Insal al considerar que «existen indicios de haber suministrado maquinaria empleada en instalaciones de regadío sin regularizar, los cuales ya se detallaban especialmente en la resolución recurrida, en tanto que además se acordó la entrada y registro en sus instalaciones».