La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Instrucción que, en diciembre pasado, condenó a dos hombres al pago de 270 euros de multa cada uno por haber presentado en el domicilio de un empresario para exigir el pago de una deuda, lo que hicieron en nombre de 'El torero del moroso'.

El relato de hechos probados establecía que los mismos ocurrieron en agosto de 2017, cuando los acusados se personaron en el domicilio y pese a que la esposa del presunto moroso les indicó que este no se encontraba en el lugar, "permanecieron allí durante prolongados momentos, no dejándole cerrar la puerta y diciéndole que no le daría gusto que llamaran a aquel".

Posteriormente, salieron a la vía pública, las inmediaciones de la casa, y con un megáfono comenzaron a decir: "Si te deben dinero llama al torero; el torero del moroso ha llegado para cobrar sus deudas".

La sentencia, ahora confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia, condenó a los denunciados como autores de un delito leve de coacciones.

Los acusados apelaron la resolución a través de un recurso en el que alegaron que se había producido un error en la valoración de las pruebas aportadas al juicio y que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con las debidas garantías procesales.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que los hechos probados son constitutivos del delito leve de coacciones, porque las actitudes y expresiones amenazantes pretendieron intimidar a la denunciante para compelerle a hacer algo que no quería, en concreto, llamar a su marido o instarle a pagar una supuesta deuda.

Además, "revelan el empleo de la intimidación psicológica mediante una conducta pública de desprestigio que, en este caso, se ejerció en el ámbito familiar y vecinal del presunto deudor".