La Guardia Civil contabiliza nueve episodios de conducción bajo la influencia de alcohol de vehículos de grandes dimensiones y tonelaje destinados al transporte de mercancías o viajeros que han sido interceptados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de la Región de Murcia en lo que va de año.

El último de los casos tuvo lugar el pasado 12 de agosto cuando una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de Murcia detectó, a la altura del kilómetro 570 de la autovía A-7, la presencia de un vehículo de gran tonelaje que circulaba de una forma manifiestamente irregular, por lo que fue desviado hasta un lugar habilitado en la carretera N-301 (Madrid- Cartagena), proximidades de la Universidad de Murcia.

Su conductor, que presentaba síntomas de haber ingerido alguna sustancia incompatible con la conducción, fue sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia en las que arrojó un resultado positivo de 1,12 y 1,10 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, septuplicando con ello la tasa máxima permitida, que en el caso de conductores profesionales es de 0,15 mg/litro.

Ante estas circunstancias, el conductor, varón, español, de 53 años y vecino de Archidona (Málaga), que se desplazada desde Málaga hasta Alicante con un cargamento de barriles de cerveza, fue detenido como presunto autor de delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Anteriormente, el 22 de julio fue detenido el conductor de un vehículo articulado de 40 toneladas en la autovía A-30 (Albacete-Cartagena), término municipal de Murcia por circular superando cinco veces la tasa máxima de alcohol.

El resto de casos tuvieron lugar mayoritariamente en el mes de febrero. El primero fue un día 13, cuando el conductor de un vehículo articulado de 18 toneladas fue denunciado a la altura del kilómetro 1,180 de la carretera RM-605 (Cartagena-La Aljorra), término municipal de Cartagena, que cuadruplicaba la tasa de alcoholemia permitida y además dio positivo en cocaína y cannabis.

Además del 22 de febrero, agentes detuvieron al conductor de un vehículo articulado de 40 toneladas a la altura del kilómetro 13,200 de la carretera RM-428 (Jumilla-Límite provincia Albacete), término municipal de Jumilla, que quintuplicaba la tasa de alcoholemia permitida.

El 28 de febrero, también detuvieron al conductor de un vehículo articulado de 40 toneladas en el camino Selval de la Diputación lorquina de Aguaderas, que septuplicaba la tasa de alcoholemia permitida y sufrió un accidente con daños materiales.

En marzo, la Guardia Civil denunció un caso y detuvo a otro conductor. Concretamente, el día 5 fue denunciado el conductor de un autobús que transportaba 58 viajeros (54 de ellos menores de edad), a la altura del kilómetro 9,500 de la autovía RM-15 (Autovía del Noroeste-Río Mula), término municipal de Campos del Río, que duplicaba la tasa de alcoholemia permitida.

Además, el 19 de mayo de 2018 fue detenido el conductor de un vehículo articulado de 40 toneladas a la altura del p.k. 357 de la carretera N-301 (Madrid-Cartagena), término municipal de Cieza, que superaba nueve veces la tasa de alcoholemia permitida; y el 8 de junio fue detenido también el conductor de un camión de 18toneladas a la altura del kilómetro 554 de la autopista A-7 (Barcelona- Algeciras), término municipal de Santomera, que quintuplicaba la tasa de alcoholemia permitida.

La Guardia Civil recuerda que el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Además, reitera su mensaje a aquellos conductores "que de forma imprudente y temeraria", a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico, conducen después de haber bebido o tomado drogas, recordando que, sin perjuicio de la sistemática realización de controles preventivos ordinarios o especiales, que se incrementan en particular en época veraniega, se practicarán las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo.