La Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a un hombre que fue acusado de abusar de una niña de seis años y para el que la acusación particular reclamó en el juicio una condena de 14 años de cárcel y el fiscal, 8 años.

La sentencia declara que la vista oral no contó con pruebas suficientes para dar por acreditados los hechos, ya que la menor incurrió en contradicciones y utilizó expresiones de contenido sexual impropias de una niña de tan corta edad.

El relato de hechos probados que fija el tribunal, que tiene como ponente al magistrado Jaime Bardají, establece que la madre de la pequeña formuló una denuncia contra el procesado en febrero de 2014. En la misma manifestaba que en septiembre de 2013 habían estado en casa de aquel, en la que la niña había jugado con el hijo de este.

En un momento determinado -añadió en la denuncia- la hija le contó al oído las prácticas sexuales a las que según la niña le había sometido el acusado.

Precisamente aquel fue uno de los momentos en los que la menor utilizó expresiones de la jerga sexual más propia de adultos que de una niña de tan solo seis años de edad, comenta la sentencia de la Audiencia Provincial.

La denunciante expuso también que la hija le había contado que escenas similares se habían producido con anterioridad en otras ocasiones, si bien no se lo había contado por miedo a que se enfadara con ella.

"No consta -afirma el tribunal- que el procesado hubiere tenido participación en tales hechos, no habiéndose practicado prueba de cargo con aptitud probatoria bastante parta enervar el derecho que le asiste a la presunción de inocencia".

La sala analiza las contradicciones en que incurrió la niña a lo largo del proceso y en el juicio, como el hecho de que en una ocasión dijera que cuando era víctima de los tocamientos el procesado había enviado a su hijo fuera de la habitación y en una segunda vez aseguró que este se encontraba presente en la estancia.

También cuestiona la credibilidad de su testimonio porque en una de sus declaraciones afirmó que el procesado jugaba con una mano a la videoconsola, mientras que con la otra le producía los tocamientos, "hecho que se revela incompatible, al requerir el juego las dos manos".

La sentencia dice que las pruebas psicológicas no han sido concluyentes sobre la credibilidad de la menor, ya que dos de las peritos concluyeron que debería haber sido explorada con mayor profundidad.