La mujer que denunció por maltrato a su novio ha pedido a la Audiencia Provincial de Murcia que se anule la orden de alejamiento dictada en su favor por el Juzgado de Instrucción que investiga los hechos porque asegura que lo hizo en un momento de enfado, en un "calentón".

Así se recoge en el recurso que la denunciante presentó ante la Audiencia contra el auto del juez que estableció como medida cautelar la prohibición de aproximación y comunicación del denunciado hacia ella.

En el mismo, aseguraba que no sentía miedo ni temor alguno, ya que el novio nunca la había maltratado y el riesgo de que fuese agredida en el futuro carecía de ningún medio de prueba.

En la apelación añadió que cuando declaró en el Juzgado de Instrucción ya hizo constar que su denuncia ante la Comisaría no era cierta, sino que fue debida a una discusión que la pareja había mantenido el día anterior y se encontraba enfadada, por lo que fue fruto de un "calentón".

La Audiencia, al desestimar el recurso, dice que la causa cuenta con indicios suficientes de que la denunciante es víctima de violencia de género y que los hechos sufridos y que dieron origen a su denuncia pueden volver a repetirse.

Así, añade la Sala, que tiene como ponente al magistrado Álvaro Castaño-Penalva, el padre de esta mujer ha revelado que desde que su hija inició la relación sentimental con el denunciado la ha visto en varias ocasiones con hematomas, terminando ella por reconocerle que se había peleado con aquel.

El padre, tras los últimos hechos, presentó una denuncia contra él por los daños que produjo en la puerta de su vivienda.

"Todo ello -dice el tribunal- pone de relieve la existencia de una situación objetiva de riesgo para la perjudicada y, especialmente, el de reiteración, que se deduce de la propia violencia de la conducta objeto de la causa y del testimonio del padre, especialmente cuando ha visto moratones de incidentes anteriores".

Y añade que "en el ámbito de la violencia doméstica es frecuente que la víctima sucumba a los tradicionales sentimientos de resignación y sumisión que la llevan a no presentar denuncia, a retirarla, a acogerse a su derecho a no declarar en contra de su pareja o a desdecirse de ella en el acto del juicio".

Con esa actitud, comenta el auto de la Audiencia, "se cercena, a veces, de forma severa, la prueba de cargo, al faltar la principal, que es el testimonio de la agraviada, situación que alienta al presunto agresor a emplearse a fondo en su papel, incrementando sus amenazas o coacciones para que ella cambie su declaración o, simplemente, adoptando el papel del compañero débil que pide perdón y que asegura que no lo volverá a hacer".

La resolución concluye que ante casos como este, jueces y tribunales están obligados a proteger la integridad física y psíquica de la víctima "aun contra su voluntad cuando, por las circunstancias que en ella concurren, no es capaz por sí sola de poner fin a la situación".