Un hombre que fue condenado a cuatro años y dos meses de cárcel por un robo cometido junto con otras dos personas en una asociación cannábica de Cartagena pidió a la Audiencia que le aplicara la atenuante de drogadicción, ya que si en el momento de la detención no consumía tóxicos era por respeto al Ramadán, la celebración más importante de los musulmanes.

La sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el apelante expuso en su recurso que se había demostrado documentalmente que hasta tres o cuatro meses anteriores al Ramadán era consumidor habitual de estupefacientes, adicción que había dejado en suspenso por el Ramadán.

Señala también que quería desengancharse de la droga, como lo demostraba el hecho de que en prisión seguía un tratamiento de desintoxicación.

El tribunal de la Audiencia ha desestimado su apelación, ya que coincide con el Juzgado de lo Penal que dictó la sentencia recurrida en que no se ha demostrado que cuando participó en el robo tuviera perturbadas sus facultades mentales por la ingesta de drogas.

El Juzgado declaró probado que los hechos ocurrieron en junio de 2017 en una asociación cannábica de Cartagena, cuando los tres acusados, dos de ellos, con sendos cuchillos y el tercero con una escopeta, accedieron a su interior y se apoderaron de cuatro teléfonos móviles que fueron recuperados, dinero en efectivo y otros efectos de escaso valor.

La sentencia fue recurrida por los tres, pero el tribunal ha confirmado la condena de dos de ellos, mientras que ha rebajado la impuesta al tercero porque el Juzgado no le aplicó la atenuante de reparación del daño a la que tenía derecho.