La obra es legal; se hizo con el visto bueno de un informe técnico de la Oficina de Impulso Socioeconómico del Medio Ambiente (Oisma), organismo competente en velar por la Red Natura 2000 y que dirigía Juan Madrigal; y se llevó a cabo tras recibir el visto bueno final de la entonces consejera de Agua, Adela Martínez-Cachá, arropada por un informe de los Servicios Jurídicos de la Consejería, y con el conocimiento del Consejo de Gobierno.

Estas son algunas de las manifestaciones efectuadas ayer ante la titular del Juzgado de instrucción número 2 de Murcia, Miriam Marín, por el exdirector general del Agua Andrés Martínez Francés, quien declaró como investigado por un posible delito de prevaricación en las obras de emergencia de una tubería para evitar los vertidos al Mar Menor desde la rambla del Albujón.

Estas obras afectaban al espacio protegido de la Marina del Carmolí, incluido en la Red Natura 2000, y en ellas se invirtieron algo más de un millón de euros. La tubería, que debía llevar el agua de la rambla con alto contenido en nutrientes a la comunidad de regantes del Arco Sur, se ejecutó pero nunca se puso en funcionamiento. En este caso también está imputado el técnico de la Oisma que realizó el informe favorable a la obra, José Luis Manovel. Martínez Francés insistió, a preguntas de su abogado y del representante legal del técnico, que la obra fue declarada de emergencia por la consejera y que sin la orden de ésta «no se podría haber empezado nada».

Además, comentó que había una memoria económica para habilitar los fondos de la obra y que toda la actuación fue fiscalizada por la Intervención de la Comunidad Autónoma.

Respecto al posible impacto ambiental de la tubería, una de las cuestiones que provocó la denuncia de Ecologistas en Acción y que recogió la Fiscalía de Medio Ambiente, porque no se esperó al preceptivo informe para hacer la obra, el exdirector general indicó en tres ocasiones distintas que el único organismo competente para decidir si un proyecto afectaba a la Red Natura 2000 era la Oisma.

En este sentido, Martínez Francés insistió en que aunque solicitó un informe a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, el único objetivo era que confirmara el informe de la Oisma.

Apuntó que el informe de esa Dirección General se pronuncia sobre unos extremos sobre los que la Dirección General del Agua no tiene competencias, como es el uso que iban a tener esas aguas (competencia de la Confederación Hidrográfica del Segura). Y que, además, la obra no necesitaba la evaluación de impacto ambiental porque no entraba dentro de los supuestos que recoge la Ley. El exdirector general discrepó del informe de Calidad Ambiental en el que se indicaba que era precisa la emisión de una Evaluación de Impacto Ambiental o Evaluación de Repercusiones, porque sólo se pronunciaba respecto a la tubería en el sentido en el que se debía pedir informe a la Oisma y ese informe ya constaba. El resto de las indicaciones, insistió, se referían a un procedimiento en el que la Dirección General del Agua no era competente.