La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado de cuatro años de cárcel a dos años y ocho meses la condena impuesta por un Juzgado de lo Penal que condenó a un hombre que maltrataba casi a diario a su esposa e hijo.

La sentencia, mantiene la pena de dos años de prisión que le fue impuesta como autor de un delito de malos tratos habituales, pero suprime las referidas a dos de los tres delitos de malos tratos a los que igualmente fue condenado.

La supresión se debe, según se indica en la sentencia, en que dos de las agresiones, frente a lo sostenido por el juez de lo Penal, no se consideran probadas, por lo que ha modificado en parte el relato de hechos.

La sentencia que ahora se ve revocada en parte declaró probado que el acusado "sometió a su esposa, en el domicilio familiar, y con periodicidad casi diaria, al lanzamiento de desprecios y desvalorizaciones e insultos de forma reiterada".

Y añade que en esas agresiones verbales le decía expresiones como "loca, desgraciada, manipuladora, ojos de loca, mala madre, cerda y otras".

También el hijo, nacido en 2003, fue sometido, desde que tenía tres años y hasta que se produjo la separación del matrimonio, en 2013, "a una situación de desprecio y minusvaloración constante, profiriéndole continuadamente expresiones como gordo, cerdo, animal, gilipollas o diciéndole que ojalá no hubiera nacido".

Además, se declaró probado que de forma habitual le propinó puñetazos, golpes y empujones.

En enero de 2013, "ante la negativa del menor de acudir al colegio, inició una discusión con este, en el curso de la cual se sentó encima de él y le ocasionó una contusión en el pie de la que tardó en curar seis días".

El relato de hechos probados que recoge la Audiencia se hace referencia igualmente a uno de los últimos altercados, ocurridos en diciembre del mismo año, cuando el acusado, molesto porque no le había gustado el regalo de Navidad que le hizo el hijo, "dirigió, tanto a él como a su madre, expresiones como las descritas".

Precisamente de ese último incidente se retiran dos de los delitos, ya que, en contra de lo sostenido en la primera sentencia, la Audiencia no considera probado que durante el mismo el acusado lanzara a la esposa contra un mueble y diera un puñetazo al menor cuando este intentó defenderla.