Los jueces han dictado en la Región sentencias en las que, pese a estar probada la penetración contra la voluntad de la víctima, no se considera que fuese violación. En la mayoría de las ocasiones, porque se trataba de menores de edad con quienes los agresores no tenían necesidad de emplear la fuerza o la intimidación. Aquí algunos casos sangrantes:

Murcia y Madrid- Nanysex agredía a bebés y solo fue condenado por abusos sexuales

El tipo básico de agresión sexual, regulada en el artículo 178 y siguientes del Código Penal, exige que el atentado contra la libertad sexual se haya producido con violencia o intimidación. Las víctimas de Álvaro Iglesias, Nanysex, eran niños tan pequeños que en absoluto hacía falta emplear violencia o intimidación para someterlos. De ahí que este pederasta no fuese condenado por múltiples violaciones: fue condenado por abusos. Era el año 2008 cuando la Audiencia Provincial de Madrid condenaba a 58 años de prisión a Álvaro Iglesias, autor de cinco delitos continuados de abusos sexuales y de seis delitos de corrupción de menores. La sentencia consideraba probado que Nanysex abusó sexualmente de cinco niños entre 2002 y 2004 en Lo Pagán y en un pueblo de Madrid. La Fiscalía de Madrid pidió 175 años por 23 delitos de abusos sexuales para Nanysex. El fiscal consideró los hechos abusos sexuales al no apreciar en las imágenes visionadas durante el juicio evidencias de violencia o intimidación, requisitos que exige la ley para que se tipifiquen como violación. Iglesias, que actualmente tiene 35 años, sigue encerrado y es, desde la cárcel, uno de los presos que asesoran a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra la pederastia: ayuda a ´cazar´ en Internet a otros pederastas.

San Javier - Ocho años de prisión por forzar a una menor de 11 años en su casa

Esta sentencia salió en 2009. El condenado, un vecino de San Javier que tenía alquilada una habitación en la casa en la que vivía una pareja con su hija de 11 años. La pequeña, cuando contó lo que le pasaba, ofreció un relato coherente y persistente, como luego la calificó la Audiencia Provincial. El hombre la forzaba cuando se quedaban a solas en la vivienda. Una vez, llegó a penetrarla. Lo condenaron por abusos, no por agresión sexual. La pena, ocho años y medio de prisión.

Caravaca - Dos años de cárcel por acostarse con una mujer que estaba ebria

Ella estaba en evidente estado de embriaguez, algo de lo que se encargó él mismo, que estuvo invitándola a beber aguardiente durante buena parte de la noche para, al final, sobre las siete de la mañana, aprovecharse de ella. La llevó a casa de un amigo y allí tuvo relaciones sexuales con la mujer, que incluso llegó a perder el conocimiento. Lo condenaron por abusos, no por violación, a dos años entre rejas. Aunque no llegó a pisar la cárcel.

Santomera - Ocho años entre rejas por violar a su hija pequeña durante seis años

Los abusos comenzaron cuando la pequeña contaba sólo con 13 años de edad, y siguieron hasta que ella, ya con 19, decidió contar lo que le estaba haciendo su padre. La penetraba vaginalmente. Se valía de la superioridad que le otrogaba su condición de progenitor, según recalcó luego en su sentencia la Audiencia Provincial. Este hombre tampoco fue condenado por violación: le cayeron ocho años de cárcel por abusos sexuales.

El Palmar - Tres años por abusar de una niña a la que puso helado en la vagina

La Audiencia Provincial de Murcia condenada, allá por junio de 2016, a dos penas que suman tres años y un día de cárcel a un hombre llamado Juan por abusar en dos ocasiones de una niña de cuatro años (hija de una amiga), una de ellas en Almería y la otra en El Palmar, donde se habían trasladado madre e hija. La mujer, como explicó en el tribunal, se entero de lo que pasaba por que iba un día con su hija a comprar un helado y la menor, al ver la crema del dulce, le dijo: «Te voy a enseñar lo que hacía Juan y lo que me ponía en mis partes». Juan también fue condenado a indemnizar a la pequeña con cinco mil euros por los daños morales que los abusos sufridos le causaron.

Murcia - Abusó de la nieta de su pareja y la obligó a practicarle felaciones

Los hechos fueron descubiertos por la madre de la menor cuando acudió a recogerla en la vivienda del hombre y se encontró con que aquella le decía a este: «Abuelo, dame que te coma la pilila», al tiempo que se dirigía hacia las piernas de él. Poco después, la propia niña contó a otra cuidadora que su abuelo le metía la mano debajo de los leotardos. Fue entonces cuando los padres pusieron la denuncia. La pequeña pasaba muchas tardes en casa de la abuela (pareja sentimental del procesado) hasta que sus padres la recogían después de trabajar. Al abusador le cayeron cuatro años de prisión. El tribunal determinó también que tendría que dar 5.000 euros por daños morales a la pequeña. Al ser la víctima tan pequeña, no usó la violencia para forzarla.