La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la compañía Berkley, aseguradora del Servicio Murciano de Salud (SMS), a pagar una indemnización de 39.500 euros a una paciente con cáncer que sufrió un error de diagnóstico.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así en parte el recurso que el letrado murciano Pedro Alfonso García-Valcárcel, en nombre de la paciente, presentó contra la dictada por un Juzgado de Primera Instancia de la capital de España que en febrero de 2017 rechazó la demanda y la condenó al pago de las costas del proceso.

El Juzgado desestimó la demanda al considerar que una vez extinguida la responsabilidad patrimonial de la administración, en este caso, del SMS, también se extinguía la de su aseguradora.

El tribunal de la Audiencia indica que nada impide que el perjudicado, que podía haber acudido a la jurisdicción contencioso-administrativa para reclamar contra la administración, en su caso, conjuntamente con la compañía aseguradora, pueda optar por acudir a la vía civil contra esta última, que es lo que ha ocurrido en este pleito.

La paciente expuso en su demanda que fue sometida a una mastectomía en junio de 2011 y que se había producido un error de diagnóstico en febrero del año anterior al no haberle detectado entonces el cáncer de mama que padecía.

Dice la Audiencia madrileña que "los contendientes están sustancialmente conforme en que se produjo el error de diagnóstico médico con la primera mamografía, pero discrepan de la relevancia que pudo tener en el tratamiento adecuado de la enfermedad".

Para el letrado de la demandante, el error consistió en clasificar la mamografía de chequeo periódico, cuando al menos debió ser considerada de sospecha de malignidad, lo que habría determinado la necesidad de realizar una biopsia diagnóstica.

El tribunal, al estimar en parte el recurso, concluye que "se aprecia una infracción de las normas técnicas profesionales y un error de diagnóstico imputable, que llevó a la omisión de las pruebas complementarias pertinentes que hubieran posibilitado una detección anterior de la enfermedad y una intervención más temprana en nueve meses".