La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por el trabajador de una quesería de Molina de Segura que solicitó la declaración de incapacidad permanente como consecuencia de las lesiones que sufrió al recibir un disparo durante el atraco cometido en las dependencias de la misma ubicadas en Valencia. La sentencia confirma así la dictada en abril de 2016 por el Juzgado de lo Social de Murcia al que correspondió su demanda y que la desestimó, al tiempo que absolvía a la empresa, al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a una mutua.

El Juzgado declaró probado que el ahora apelante recibió un disparo en una rodilla durante el atraco sufrido por la empresa en octubre de 2012, lo que le produjo lesiones por las que se vio obligado a permanecer en situación de baja durante casi nueve meses. La dirección provincial del INSS, ya en septiembre de 2013, declaró al demandante afecto de lesiones permanentes no invalidantes, indemnizables, según baremo con el derecho a percibir 540 euros.

El Juzgado declaraba también como probado que la actividad habitual de este trabajador es el transporte y reparto de los quesos entre los clientes, para añadir que este artículo estaba contenido en cajas cuyo peso total no superaba los diez kilos.

Ahora, la Sala del TSJRM ha confirmado la desestimación de la demanda al señalar que la patología que sufre como consecuencia del disparo no le impide desarrollar sus labores habituales, ya que puede manejar los miembros superiores e inferiores de forma suficiente para ello. La sentencia señala que la misma puede ser apelada ante el Tribunal Supremo a través de un recurso de unificación de doctrina.

La sentencia señala que la misma puede ser apelada ante el Tribunal Supremo a través de un recurso de unificación de doctrina.