Ya no habrá macrocausa. La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Murcia, Mirian Marín, ha decidido abrir tres procedimientos separados a partir de la denuncia interpuesta por el fiscal jefe del TSJ, José Luis Díaz Manzanera, contra la degradación del Mar Menor a consecuencia de los vertidos agrícolas, que constituyen presuntos delitos de prevaricación y contra los recursos naturales y el medio ambiente.

La denuncia de Díaz Manzanera va dirigida contra seis funcionarios y cargos de la Confederación Hidrográfica del Segura y siete de la Consejería de Agricultura, y contra 24 agricultores y empresas de la Región, todas ubicadas en las inmediaciones de la laguna. Los hechos que se les imputa a cada uno de ellos deben ser investigados en tres causas separadas, según la jueza.

La titular del juzgado de instrucción 2 de Murcia considera, además, que parte del procedimiento debe ser investigado en los partidos judiciales de Cartagena y San Javier, ya que corresponden a delitos imputados a los agricultores y empresas agrícolas «por vertidos con desaladoras ilegales», y que éstos tienen sus domicilio repartidos entre dichos partidos judiciales.

«Son hechos cometidos por personas diferentes en distintos lugares y tiempos, sin que exista ningún indicio de que haya concierto entre ellos», añade. Y matiza que «prueba de ello es que todos los agricultores han sido objeto de un expediente administrativo sancionador independiente» y pueden «ser instruidos y enjuiciados en dichos partidos de forma independiente sin temor a dictar resoluciones contradictorias».

La no conexión administrativa

Mirian Marín argumenta que no ha lugar a la formación de una única causa porque los presuntos delitos cometidos por los imputados no cumplen el requisito de conexión entre ellos, tal y como obliga el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Sólo se permite «cuando se trate de delitos conexos cuya investigación y prueba en conjunto de los hechos resulte conveniente para su esclarecimiento y para la determinación de las responsabilidades procedentes, pero siempre que ello no suponga una excesiva complejidad o dilación para el proceso», explica.

Igualmente, la magistrada manifiesta que, tras incoar diligencias previas por presuntos delitos de prevaricación y contra el medio ambiente en relación con la contaminación por nitratos del Mar Menor, se constata que no concurren los criterios de conexión exigidos entre los delitos que se atribuyen a los funcionarios de la Consejería de Agricultura y a los de la Confederación Hidrográfica del Segura, pues los hechos no guardan ningún vínculo entre sí.

«No se aprecia ningún indicio de que haya existido un concierto o reunión previo en la actuación realizada por los funcionarios de la Confederación y por los de la Consejería, máxime cuando se trata de organismos independientes entre sí, con ámbitos y competencias claramente diferenciadas», argumenta la magistrada Marín en la fundamentación de las diligencias previas.