Las empresas de turismo activo y de naturaleza, en auge en la Región, deberán tener suscrito un contrato de seguro de responsabilidad civil que cubra de forma suficiente los posibles riesgos, siendo el mínimo de 600.000 euros por siniestro.

En función de las actividades a realizar deberán de contar, además, con una póliza de seguros de rescate, traslado y asistencia derivados de accidente en la prestación de servicios de turismo activo. Los contratos de seguro deberán mantenerse en vigor durante todo el tiempo de prestación de las actividades y podrán contemplarse franquicias en su contratación, que en ningún caso superarán los 600 euros.

Así aparece reflejado en el decreto que regula la actividad del turismo activo en la Región, aprobado ayer por el Consejo de Gobierno. La norma consta de 17 artículos distribuidos en tres capítulos y será de aplicación a las personas físicas o jurídicas que, mediante precio, de forma profesional y habitual, desarrollen en la Región actividades turísticas para el esparcimiento y recreo de sus clientes, de tipo deportivo, de aventura u otros análogos, que se practican sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza. Quedan excluidos los clubes, federaciones deportivas y asociaciones.

El decreto recoge requisitos en cuanto a la participación de menores de edad en las actividades. Así, las empresas deben tener constancia, previamente, de la asistencia o autorización por escrito de los titulares de la patria potestad o de los tutores del menor de edad, en la que figure la identificación de la actividad, y la empresa debe cumplir lo establecido por la normativa específica de protección del menor.

La norma también establece que los usuarios y clientes estarán obligados a cumplir las instrucciones e indicaciones que sean emitidas por los monitores, instructores, guías o responsables de las empresas de turismo activo en materia de seguridad, respeto al medio ambiente y patrimonio cultural, utilización del equipo y material indicado por ellos, y desarrollo y práctica de la actividad.

Sobre los monitores, deberán contar con la titulación acorde a la actividad que se va a realizar. Además, las empresas de turismo activo promoverán el reciclaje y actualización de los mismos.

El decreto recoge un anexo orientativo en el que se recogen gran número de actividades que se consideran de turismo activo, clasificadas en subacuáticas, náuticas, hípica, ciclismo, aéreas, montaña y escalda, rutas a pie, orientación, taller de medio ambiente y naturaleza, ruta cultural, agroactividad, ruta temática, espeleología, tiro con arco, actividades en la nieve, excursiones con vehículo a motor, programas de multiactividad o multiaventura, paintball, supervivencia, iniciación a la astronomía, enogastronomía, ruta enológica, ruta gastronómica y visita a empresas.