Hoy entra en vigor, y ayer se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La Ley 1/2018, de 7 de febrero, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad ambiental en el entorno del Mar Menor va a servir de referente para cualquier tipo de actividad agrícola que se pongan en marcha a partir de ahora en el entorno de la laguna, y para las que actualmente están en marcha.

En el punto 3 del Preámbulo, se recuerda que el Comité de Asesoramiento Científico, en diversos apartados de su 'Informe integral sobre el estado ecológico del Mar Menor', de 13 de febrero de 2017, considera la contaminación por nitratos y compuestos orgánicos persistentes, que afectan también gravemente al acuífero Cuaternario, como factores que han contribuido al desequilibrio ambiental del la laguna sin minusvalorar la contaminación por metales pesados o la procedente de aguas de escorrentías.

La nueva norma consta de 5 capítulos, que se completan con cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

Además, la ley modifica el decreto legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales; en concreto, el apartado 9) d) de la Sección segunda del artículo 4.

Y deroga la orden de 3 de diciembre de 2003, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias de la Región de Murcia.