Un trabajador de la agricultura que sufre de incontinencia fecal que le obliga a hacer deposiciones frecuentes, a veces, de seis diarias, no está en condiciones de desarrollar su labor "con la profesionalidad, eficacia y decoro exigidos", según se indica en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia.

La sentencia rechaza así el recurso que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) presentó contra la dictada por el Juzgado al que correspondió la demanda presentada por este trabajador, que le declaró en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual.

La resolución judicial, ahora confirmada por el TSJ, condenó al INSS a pagarle una pensión mensual del 55 por ciento de su reguladora, con efectos de octubre de 2013, cuando presentó su demanda.

El Juzgado recogía en su relato de hechos probados que este peón agrícola sufre atresia anal intervenida, fibrosis anal, incontinencia fecal, "precisando del uso crónico de absorbentes, urgencia defecatoria, con tres o cuatro deposiciones al día, lo que le ocurre desde la infancia".

También dejaba constancia de que precisa "de tacto rectal diaria para estimulación, ante el fracaso de la electro-estimulación, además de sufrir trastorno mixto ansioso-depresivo, fractura de parietal derecho y tabaquismo".

La Sala de lo Social, al desestimar el recurso del INSS, dice que el demandante no está en condiciones de poder desarrollar su trabajo habitual de peón agrícola con normalidad, máxime si se tiene en cuenta que en estos lugares no se suele contar con los servicios higiénicos necesarios.

Además, señala que la situación se ve complicada aún más si se tiene en cuenta que sus tareas diarias en el campo le obligan "a realizar esfuerzos físicos intensos".