La expansión de los portales y páginas web dedicados al alquiler de viviendas no solo está cubriendo la demanda de alojamientos vacacionales que tradicionalmente ha existido en el mercado, sino está contribuyendo a incentivar unos desplazamientos turísticos que difícilmente se habrían producido de no existir la posibilidad de contratar mediante un clic. La accesibilidad de este mercado atrae a todo tipo de usuarios y está consiguiendo movilizar a una clientela joven y con pocos recursos económicos, que difícilmente podría permitirse viajar sin estas facilidades.

Aunque resulta difícil saber cuántas viviendas están ofreciéndose en este momento a través de portales como Homeway, Airbnb o Booking, la patronal de Hostelería calcula que en la Región hay cientos de apartamentos en las web de estas empresas, que no están regularizadas como alojamientos turísticos ni declaran los ingresos obtenidos, según afirmó el presidente de Hostemur, Jesús Jiménez, en la presentación de los resultados de la campaña turística del verano.

Esta actividad no declarada genera una economía sumergida que en la actualidad es considerada por la Administración y por el empresariado como uno de los grandes problemas con los que se enfrenta el sector, ya que no permite garantizar la calidad de los establecimientos y promueve la competencia desleal. Además, también impide conocer con exactitud los datos estadísticos del turismo para obtener conclusiones fiables sobre el movimiento de viajeros que existe en la Región.

España es el tercer mercado más importante de Airbnb con más de 57.000 propiedades en su oferta de alquileres. A pesar del volumen de negocio, a día de hoy no es posible acudir a registros públicos o estadísticas oficiales que permitan cuantificar de modo objetivo la realidad de la oferta de viviendas de alquiler para uso turístico.

Por otra parte, los intentos de las comunidades por entrar a regular esta oferta turística online no está siendo fácil. De momento, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha interpuesto sendos recursos contenciosos contra los decretos de Galicia y de Castilla y León que regulan los apartamentos y viviendas turísticas, al considerar que la legislación aprobada en estas autonomías es contraria a la competencia y a los principios de regulación económica eficiente. Entre los obstáculos que la Comisión Nacional de la Competencia considera «injustificados» figuran los requisitos impuestos por la norma de Galicia relativos la obligatoriedad de ceder la vivienda en su totalidad, la limitación del alquiler a tres meses, la exigencia de un catálogo de requisitos técnicos y servicios mínimos a incluir en el alquiler (apartamentos y viviendas turísticas). También el que los ayuntamientos puedan limitar el número de viviendas y la prohibición de cesión de habitaciones.