Autoconsumo
El Tribunal Supremo niega que exista un 'impuesto al sol'
Señala que lo establecido en el decreto de autoconsumo es "una contribución a los costes del sistema"

Pantano con placas solares en una finca de La Hoya / JUAN CABALLERO
efe
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo que interpuso la Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables (Anpier), que preside el murciano Miguel Ángel Martínez-Aroca, contra el real decreto que regula el autoconsumo de energía eléctrica, más conocido como «impuesto al sol».
El Tribunal Supremo considera que no existe un «impuesto al sol» como tal sino una contribución a los costes del sistema cuando un autoconsumidor, además de utilizar la energía generada por él mismo, dispone del respaldo del sistema eléctrico, según una sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
El Alto Tribunal subraya que «el autoconsumidor que depende exclusivamente de su propia energía y que no está conectado al sistema eléctrico no paga nada». Según la sentencia, el sujeto que consume electricidad generada por él mismo pero que está conectado al sistema eléctrico «paga por los mismos conceptos» que un usuario que no autoconsume «pero con determinadas modulaciones debidas a la peculiaridad de su perfil de consumidor».
El Tribunal Supremo considera que los procedimientos establecidos para fijar los cargos al autoconsumo «son sin duda suficientes para excluir las imputaciones de arbitrariedad e inseguridad jurídica» que había planteado el demandante. La sentencia judicial rechaza también que se imponga a los autoconsumidores cargos que no pagan los consumidores ordinarios.
Según el Alto Tribunal, que los cargos se calculen en función de la energía total consumida, incluida la generada por ellos mismos, «puede resultar objetable», pero «no supone infracción alguna» a la Ley del Sector Eléctrico.
El Supremo tampoco considera discriminatorio para los autoconsumidores que el Gobierno haya eximido a las instalaciones de cogeneración de los cargos asociados a los costes del sistema hasta el 31 de diciembre de 2019.
«Vamos por detrás de Europa»
Por su parte, Anpier afirma que la sentencia del Supremo perpetúa durante dos o tres años una normativa que contradice a la futura directiva europea de renovables. El secretario de la organización, Juan Castro-Gil, manifestó que con esta sentencia España queda «cientos de pasos por detrás del resto de Europa» y, probablemente, de gran parte del mundo en el desarrollo del autoconsumo.
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