El denominado 'tasazo' impuesto por el entonces ministro Alberto Ruiz-Gallardón suponía un canal directo para engordar las arcas del Estado, aunque consiguió que todo el estamento judicial se posicionara en contra. Y es que, desde ese momento, cualquier ciudadano que quisiera acceder al sistema judicial (excepto por la vía penal) debía, sí o sí, pasar antes por caja y abonar un gravamen que hasta ese momento solo estaba reservado para determinadas empresas. El 'tasazo' de Gallardón suscitó un rechazo generalizado y consiguió que jueces, fiscales y letrados se aliaran en un frente común con un único objetivo: derogarlo. Y así fue.

Sin embargo, mientras estuvo vigente cumplió su función con creces. Así, en el año 2013 -el primer ejercicio completo de aplicación de este modelo de tasas- la recaudación alcanzó su máximo histórico en la Región de Murcia al ingresar más de cinco millones de euros, un 900% más que el año anterior, cuando apenas se ingresaron unos miles de euros. Tres años después de la supresión del 'tasazo' las cuentas son bien diferentes y los niveles de ingresos han regresado a los índices de hace una década.

De hecho, en 2016, los ingresos por tasas judiciales en la Región de Murcia fueron de menos de dos millones de euros (1,9), un 34% menos que el año anterior. Desde la supresión del sistema de tasas, los ingresos se han reducido un 70% en tres años. El desplome, además, es general en todo el Estado y se cifra en una rebaja del 62,7 % al pasar de los 316 millones de euros ingresados en 2013 a los 117,4 del año pasado. Ahora bien, según los datos registrados en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en 2014 ya hubo un descenso en los ingresos. En la Región de Murcia, la aportación se redujo en un 1%. Los expertos atribuyen ese descenso al efecto disuasorio que las tasas tuvieron sobre los demandantes, sobre todo a la hora de recurrir una sentencia emitida en primera estancia.

800 euros por apelar

Y es que interponer un recurso contencioso administrativo abreviado costaba 200 euros y ordinario, 350. Promover un recurso de apelación suponía desembolsar 800 euros, mientras que un recurso de casación o extraordinario por infracción procesal tenía un coste de 1.200 euros. La tasa para el recurso de suplicación era de 500 euros, mientras que el de casación en cualquiera de sus modalidades ascendía a 750 euros.

La imposición de esas tasas supuso un problema para la clase media-baja, que ante el pago de 800 euros por apelar una sentencia dejaron de hacerlo. Sin embargo, para las grandes empresas (como entidades financieras o grandes firmas) abonar la tasa para recurrir un fallo judicial en primera instancia no suponía problema alguno. Para el resto de los mortales la situación era bien diferente.

El 'tasazo' de Gallardón, además, conllevó un efecto disuasorio y dos años después de la entrada en vigor de las tasas (en el año 2012) se registró una caída del 44 % en los ingresos judiciales al pasar de los 18,8 millones ingresados en 2014 a los 11,1 de 2015. Sin embargo, ese mismo año, con Rafael Catalá al frente del Ministerio de Justicia, el Gobierno rectificó la ley en un momento en el que el número de pleitos empezó a caer, sobre todo en casos relacionados con la crisis como despidos, embargos, concurso de acreedores, impagos o desahucios.

«Limitaba el acceso a la Justicia»

El decano del Colegio de Abogados de Murcia, Francisco Martínez-Escribano, recuerda la lucha que llevaron para la supresión del 'tasazo', señalando que la eliminación «fue un éxito importante para la abogacía y para la ciudadanía en general, pues las tasas tan elevadas dificultaban el acceso a la Justicia de las personas con recursos más limitados». Martínez-Escribano denuncia además que la Administración incumplió la promesa que realizó cuando aplicó el 'tasazo', cuando se decía que la recaudación se iba a destinar a mejorar las infraestructuras judiciales. «No se ha dedicado ni un euro», lamenta el decano de los abogados murcianos, quien explica que en todas las jurisdicciones se ha visto aumentada la entrada de asuntos tras su supresión.

No obstante, los abogados tienen otros caballos de batalla en relación al acceso a la Justicia. «Por ejemplo, un problema que nos encontramos en lo Contencioso, que no tiene que ver con las tasas pero sí con el acceso a la Justicia, son las declaraciones de imposición de costas, si pierdes un litigio. Eso hace que mucha gente se eche para atrás a la hora de hacer uso de la Justicia», indica el abogado murciano, que señala el turno de oficio y la mejora del sistema Lexnet como los próximos objetivos a conseguir por el colectivo de letrados.

Todos en contra

La ley de tasas judiciales nació con mal pie y se aprobó en trámite de urgencia con los únicos votos del PP. Fue una de las decisiones más polémicas de la etapa de Gallardón y pasó a la historia tras generar una fuerte oposición social y de todos colectivos vinculados al mundo de la Justicia. Tres años después de su aprobación y tras recaudar más de 500 millones (entre 2012 y 2015), el Consejo de Ministros tumbó el espíritu impuesto en la era Gallardón y eliminó la mayor parte de la iniciativa.

Cerca de un año después de que el Gobierno hubiera retirado el 'tasazo' el Tribunal Constitucional falló en su contra, al resolver el recurso interpuesto por el Grupo Parlamentario Socialista y declarar la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la justicia como para la interposición de recursos al considerar que las cuantías desproporcionadas vulneraban el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos.

Las asociaciones más representativas de jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia emitieron un comunicado en el que manifestaron su satisfacción por la anulación de las tasas al compartir los argumentos del alto tribunal cuando afirmaba que «en un Estado social y democrático de Derecho que propugne como valores superiores de su ordenamiento jurídico la justicia y la igualdad, el pago de un tributo no puede obstaculizar el ejercicio de los derechos. El pago de tasas judiciales puede generar campos de impunidad, en especial frente a la Administración Pública, impidiendo o limitando el ejercicio de la tutela judicial efectiva de la mayoría de la población». Un año después de una primera resolución que tachó el gravamen de desproporcionado, el Tribunal Constitucional volvió a pronunciarse -este mismo verano- en respuesta a un recurso presentado por la firma Dvuelta Legal con los mismos argumentos.