La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre y una mujer contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que los condenó a seis meses de prisión por apoderarse de un sobre con 550 euros en la agencia de viajes a la que habían acudido a pedir limosna. La sentencia indica que los hechos ocurrieron el 16 de agosto de 2014, cuando los acusados aprovecharon un descuido de la empleada del local y cogieron el sobre con el dinero.

La misma empleada los reconoció tres días más tarde al verlos por una calle de Murcia, lo que facilitó su detención, añadía la sentencia ahora confirmada. La resolución, además de la pena de prisión, los condenó a indemnizar a la agencia con el importe sustraído. En su apelación ante la Audiencia Provincial, los acusados alegaron que habían sido condenados sin pruebas, y que la prueba testifical en la que intervino la empleada era insuficiente.