La Guardia Civil de la Región de Murcia desarrolló el pasado sábado, día 13, un dispositivo policial dirigido a localizar y detener al conductor de un turismo que circulaba en sentido contrario por la autovía AP-7 que se saldó con la detención de una persona como presunta autora de sendos delitos de conducción temeraria y conducción bajo la influencia de drogas tóxicas.

El dispositivo policial se inició cuando la Guardia Civil fue alertada de la circulación en sentido contrario de un vehículo por la Autovía CT-32, haciéndolo sentido Cartagena por la calzada reservada a la AP-7 sentido Alicante, con unas de sus ruedas reventadas y ocasionando un grave riesgo de colisión con el resto de usuarios que circulaban correctamente.

La Guardia Civil coordinó de inmediato el desplazamiento de varias dotaciones de motoristas de Tráfico para localizar e interceptar al turismo, lo que se produjo en las proximidades de Cartagena, a la altura del kilómetro 4,700 de la autovía CT-32, cuando había colisionado con otro vehículo que circulaba correctamente.

El accidente resultó con daños materiales en los vehículos y uno de los conductores herido leve.

Efectivos del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Cartagena, identificaron al conductor que había circulado en sentido contrario y, ante los evidentes signos de menoscabo de sus facultades, se le realizaron las preceptivas pruebas de alcohol y drogas, arrojando un resultado positivo en cocaína y cannabis.

Por estos hechos se procedió a la detención del conductor -varón, de 42 años, nacionalidad británica y residente en Orihuela - como presunto autor de sendos delitos de contra la seguridad vial, por conducción temeraria y conducción bajo la influencia de drogas tóxicas.

El arrestado y las diligencias instruidas fueron entregados en el Juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena.

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el Código Penal y puede ser castigado con penas que van desde la prisión de 6 meses a 2 años y la privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.

Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas lleva aparejadas penas alternativas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en todo caso la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

En los casos de conducción bajo la influencia de drogas, los conductores están obligados a facilitar una muestra de fluido oral (saliva), que es remitida a un laboratorio de referencia debidamente acreditado para su comprobación y análisis.

Durante el presente año y hasta la fecha, en las carreteras de la Región de Murcia no se había registrado ningún episodio de conducción temeraria en sentido contrario, desde que el pasado mes de agosto se detuvo, en menos de veinticuatro horas, a dos conductores por hechos de esta naturaleza.

Uno en la madrugada del día 6 de agosto en la autovía A-7 (Cádiz-Barcelona) y otro en la madrugada del 7 de agosto en la autovía RM-15 (Autovía del Noroeste-Río Mula), por circular, respectivamente durante 17 y 20 kilómetros, en sentido contrario al establecido triplicando, ambos conductores, la tasa máxima de alcoholemia.

A estos dos casos se sumó el producido el 28 de marzo, también en la autovía RM-15, donde un turismo circuló en sentido contrario durante más de cuatro kilómetros, triplicando también su conductora la tasa máxima de alcoholemia, lo que supone, por tanto, una reducción del 50 % respecto al año 2014, en el que se contabilizaron seis. En todos ellos, la inmediata intervención de la Guardia Civil fue crucial para garantizar la seguridad vial e integridad física de los usuarios, culminando con la detención y puesta a disposición judicial de todos los responsables.

La Guardia Civil apela a la colaboración ciudadana para que, tan pronto como detecten una de estas situaciones, avisen urgentemente a los teléfonos 1-1-2 (emergencias) o 062 (Guardia Civil), aconsejando que siempre que sea posible, salvo para realizar adelantamientos, utilicen el carril derecho de la calzada de las autopistas y autovías ya que, quienes conducen en sentido contrario por este tipo de vías, suelen utilizar el carril izquierdo al creer que circulan por una carretera convencional dotada de un carril para cada sentido.