La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre que demandó por despido al que había sido su novio al romperse la relación que mantenían desde que se conocieron a través de una página de contactos y que duró cuatro meses. La sentencia dice que está acreditada esa relación de pareja, por lo que era normal que el demandante colaborara en las tareas domésticas, «pero de ahí a considerar que existía una relación laboral, existe una total ausencia de prueba al efecto». Afirma la Sala, que confirma la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social de Murcia que, en primera instancia, desestimó la demanda, que demandante y demandado se conocieron en noviembre de 2013 por medio del anuncio de un periódico en el que uno de ellos buscaba amistad «y, si surge, posible relación». Esa relación, que para el demandante era de contenido sexual y para el demandado, solo de amistad, se estrechó desde enero de 2014 cuando el primero se fue a vivir a la casa del segundo.