La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre esquizofrénico contra la resolución de un Juzgado de Familia que lo declaró parcialmente incapaz para gobernarse por sí mismo y administrar sus bienes.

La sentencia señala que el Juzgado estimó la demanda planteada por un familiar y, además de declarar aquella incapacidad, acordó que no podría disponer, vender o gravar bienes inmuebles u objetos cuyo precio de mercado superara los 1.000 euros, ni, tampoco, tomar o dar dinero a préstamo.

La resolución, ahora confirmada, ordenó también al demandado a someterse a los tratamientos médicos recomendados para el tratamiento de su enfermedad, dejando incluso abierta la puerta a su ingreso en un centro psiquiátrico en caso de incumplimiento.

El recurso no ha prosperado al considerar la Sala que en los últimos años «ha estado ingresado el cincuenta por ciento del tiempo».