La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso que el empleado de una empresa de limpieza presentó contra la sentencia de un Juzgado que declaró procedente su despido por haber pedido sexo a dos compañeras de trabajo cuando coincidió con ellas en el ascensor.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que los hechos que motivaron el cese de la relación laboral quedaron acreditados durante el proceso judicial, mientras que la versión exculpatoria del acusado, que negó haberlos cometido, no está demostrada.

El Juzgado de lo Social al que correspondió el asunto, en la sentencia que ahora se ve ratificada por el TSJ, declaró probado que los hechos se produjeron en las dependencias del organismo donde la empresa realizaba las labores de limpieza.

El acoso inicial se produjo con una compañera, y cuando esta se fue de vacaciones, el despedido mantuvo la misma actitud con la trabajadora que la sustituyó.

La sentencia añadía que era tan persistente en la solicitud de mantener relaciones sexuales que las afectadas trataban de no coincidir con él, aunque no siempre lo conseguían.

Relataba el Juzgado de lo Social que a esta segunda compañera comenzó por preguntarle cuántas veces hacía el amor, respondiéndole ella con evasivas y no dándole importancia por creer que era una broma sin mayor trascendencia.

"Al preguntarle de forma insistente y repetitiva a lo largo de los días, la trabajadora le contestó que eso a él no le importaba, que la dejase en paz", comentaba la sentencia.

El relato de hechos probados recogía también que la petición de mantener relaciones sexuales se produjo, sobre todo, dentro del ascensor, aunque también ocurrió lo mismo en el pasillo y en el cuarto de baño.