María Méndez Rocasolano es profesora de Derecho Constitucional y no es partidaria de poner límites a la libertad de expresión

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¿Cómo se puede compaginar el derecho constitucional a la información con el derecho a la intimidad?

Los dos derechos son de los que se denominan fundamentales. Lo que pretenden es, el primero, generar un espacio donde, a través de la libertad de opinión, haya un pluralismo, la base de la democracia, mientras que el derecho a la intimidad es el límite a este derecho a la información. Uno acaba cuando comienza el otro. Y ahí está el quid de la cuestión, hay que encontrar la virtud, el término medio. Tradicionalmente, para limitar el derecho a la información, se ha utilizardo siempre el argumento de la seguridad. Pero este argumento es predemocrático, porque entonces en base a la seguridad podemos decidir entonces que se pongan cámaras en todas las esquinas de las casas y evitamos que los ciudadanos gocen de intimidad. El concepto de seguridad hay que manejarlo con delicadeza. Si en base a la seguridad establecemos una tabla en la que no haya libertad, pues nos lleva a un régimen totalitario.

Precisamente en Internet no hay muchos límites para la libertad de expresión y, a veces, sí se menoscaba la intimidad...

Pero muchas veces es porque el propio usuario lo permite. Ellos son los que vuelcan la información en las redes. Internet tiene herramientas suficientes para denunciar cuando alguien ha subido una foto o ha escrito un comentario. No obstante, recomiendo a la gente que utilicen las redes sociales e Internet de la misma forma que utiliza la relación directa y el diálogo interpersonal. Hay que personalizar y humanizar las redes sociales.

¿Haría falta una ley específica sobre Internet y las redes sociales?

Poco a poco van saliendo controles. Por ejemplo, los ciberdelitos están recogidos en el Código Penal. Haría falta una normativa específica y también un análisis más profundo de la comunicación en redes sociales, pero realizado por expertos.